Tras acoger un recurso judicial del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), la Corte Suprema condenó a Punto Ticket en su calidad de intermediaria por la venta de entradas para el Festival Frontera 2016 y estableció compensaciones para los consumidores afectados por la suspensión del evento.
El Festival Frontera estaba programado para el 3 de diciembre de 2016 en el Club Hípico de Santiago. Sin embargo, la actividad fue suspendida un día antes debido a que no cumplía con los requisitos exigidos por la Intendencia Metropolitana para la realización de eventos masivos.
A esa fecha se habían vendido alrededor de 25 mil entradas, con valores que fluctuaban entre $24 mil y $28 mil.
En el fallo, la Corte Suprema determinó que la ticketera celebró contratos con los consumidores al vender las entradas para el evento masivo. Por lo tanto, estableció su responsabilidad civil frente a las personas afectadas, a pesar de que el incumplimiento que impidió realizar el festival correspondió a un tercero, en este caso, la productora.
Otros detalles del juicio
Luego de la suspensión, el SERNAC ofició a la productora y, tras analizar su respuesta, detectó incumplimientos a la Ley del Consumidor. Posteriormente, el organismo interpuso una demanda colectiva que, después de varios años de tramitación, llegó a la Corte Suprema.
El máximo tribunal acogió los argumentos del SERNAC y estableció, según el organismo, la calidad de intermediaria de una ticketera por la venta de entradas para un evento que finalmente no se realizó.

La directora nacional (s) del SERNAC, Carolina González, valoró la resolución y sostuvo que el pronunciamiento establece una directriz relevante para futuras acciones judiciales relacionadas con eventos masivos.
"Esta sentencia de la Corte Suprema es muy relevante porque establece un mejor estándar de protección para los consumidores que día a día asisten a conciertos y a otros eventos masivos y que muchas veces ven que sus derechos no son respetados", recalcó la autoridad.
Al analizar el caso, el máximo tribunal consideró que Punto Ticket actuó como intermediaria porque vendió las entradas a los consumidores y cobró un precio por ellas, aunque la prestación del servicio dependiera de la productora.
El fallo señaló que “fue la proveedora de las entradas, boletos o tickets para el evento ‘Festival Frontera 2016’ y, además, cobró un valor o precio por estos, celebrando así un contrato con los consumidores para la prestación de un servicio —el evento— que es carga de un tercero, en este caso, la productora".
"Todo ello, cobra sentido si se tiene a la vista la finalidad protectora del consumidor que establece dicha disposición lo que significa, a fin de cuentas, ampliar el ámbito de responsabilidad en más de un sujeto", agrega la sentencia.
Compensaciones para los consumidores
Los consumidores de regiones que finalmente no asistieron al festival recibirán 2,06 UF, equivalentes aproximadamente a $84.140. Si reclamaron previamente ante el SERNAC, el monto aumenta a 2,32 UF, cerca de $94.760.
En tanto, los consumidores de regiones que sí asistieron a la fecha reprogramada recibirán 1,5 UF, cerca de $61.270. Mientras que quienes reclamaron ante el organismo accederán a 1,77 UF, es decir, más de $72.290.
Para los consumidores de la Región Metropolitana que decidieron no asistir a la nueva fecha, la compensación alcanza 0,56 UF, equivalente a más de $22.870. El monto sube a 0,82 UF, más de $33.490, para quienes presentaron un reclamo ante el SERNAC.
Finalmente, en el caso de los consumidores de la Región Metropolitana que asistieron al festival en la fecha reprogramada, el tribunal fijó compensaciones solo para quienes reclamaron ante el organismo, por un monto de 0,26 UF, equivalente a alrededor de $10.620.
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