La Corte Suprema confirmó una sentencia que obliga a 4Life Seguros de Vida a pagar 6.054 UF, cerca de $248 millones, a una consumidora que sufrió un accidente cerebrovascular y cuya cobertura fue rechazada por la compañía.
El monto corresponde al saldo pendiente de su crédito hipotecario y a las cuotas que había pagado al banco. Además, 4Life deberá pagar $5 millones por daño moral y una multa de 300 UTM, equivalente a más de $21 millones, por infringir la Ley del Consumidor.
La consumidora, domiciliada en Puerto Montt, tenía un seguro asociado a su crédito hipotecario que contemplaba cobertura por fallecimiento e invalidez total de 2/3.
Tras sufrir un accidente cerebrovascular, denunció el siniestro para acceder al seguro.
Un dictamen médico estableció una incapacidad global de 73% y un menoscabo de la capacidad de trabajo de 84%, superando el requisito de 2/3 contemplado en la póliza.
4Life rechazó el pago del seguro
El conflicto se produjo porque la compañía sostuvo que el accidente había ocurrido el 26 de agosto de 2021, algunos días antes de que comenzara la vigencia de la póliza, que se inició el 1 de septiembre de ese año.

Por este motivo, 4Life informó que la consumidora no podía acceder a los beneficios del seguro.
La afectada recurrió al Tercer Juzgado de Policía Local de Puerto Montt, proceso en el que el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) se hizo parte.
La Superintendencia de Pensiones desestimó el reclamo de la compañía y confirmó que la resolución que estableció la invalidez total y definitiva de la consumidora había quedado ejecutoriada el 21 de diciembre de 2021.
El tribunal determinó que 4Life debía responder por la cobertura y ordenó el pago de 6.054 UF, alrededor de $248 millones. La cifra corresponde al saldo no pagado del crédito hipotecario y a las cuotas que la consumidora había pagado al banco.
A ese monto se sumaron $5 millones por daño moral, debido a los daños y molestias provocados por el rechazo de la cobertura y la necesidad de recurrir a la justicia.
También se aplicó una multa de 300 UTM, equivalente a más de $21 millones y medio, por infringir la Ley del Consumidor.
Corte Suprema mantuvo la condena
Tras la sentencia, 4Life presentó un recurso ante la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, pero el tribunal mantuvo las indemnizaciones y la multa.
Según el fallo citado por SERNAC, la compañía rechazó el pago a partir de una interpretación de la fecha de invalidez que desconocía una cobertura que había sido pactada y cobrada.
La aseguradora posteriormente recurrió a la Corte Suprema, que rechazó su presentación y dejó firme la sentencia.
Desde el SERNAC, su directora nacional (s), Carolina González, destacó que quienes contratan un seguro tienen derecho a conocer las condiciones relevantes del contrato y a que las empresas cumplan los compromisos asumidos.
La autoridad también recordó que la póliza debe informar aspectos como el costo, las coberturas y las restricciones, y llamó a los consumidores a revisar especialmente estos últimos aspectos antes de contratar.
Finalmente, González destacó la Ley Pro Consumidor (Nº 21.398), que establece que las cláusulas ambiguas o poco claras de los contratos se interpretarán en favor de los consumidores.
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