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Operación Renta 2026: ¿Cómo declarar mis inversiones?

Las ganancias obtenidas por inversiones en acciones, fondos mutuos o ETFs deben informarse en la Operación Renta, incluso cuando se trata de instrumentos adquiridos en el extranjero.
Fondos mutuos
Foto: Archivo Chócale

El crecimiento de las plataformas de inversión digitales ha llevado a que cada vez más chilenos incorporen acciones, fondos mutuos o ETFs a su portafolio. Sin embargo, junto con esa expansión también surge una obligación que muchas veces no se comprende del todo: declarar correctamente estos instrumentos en la Operación Renta ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).

En este contexto, si bien hoy gran parte de los antecedentes aparecen prellenados en la propuesta de declaración gracias a los reportes que envían bancos, corredoras y administradoras, los especialistas advierten que esa información no siempre refleja la totalidad de los activos que mantiene un contribuyente.

“Desde el punto de vista tributario, todas las inversiones que generen rentas durante el año comercial deben declararse en la Operación Renta, ya sea que se hayan realizado en Chile o en el extranjero”, explicó Freddy Morales, Senior Manager de Tax & Legal de Forvis Mazars.

Esto implica que quienes registraron ganancias o pérdidas provenientes de instrumentos financieros durante el año deben revisar cuidadosamente su declaración antes de enviarla para evitar errores.

¿Qué inversiones deben declararse en la Operación Renta?

Las obligaciones tributarias no se limitan a un tipo específico de instrumento financiero. De acuerdo con Morales, todas las rentas derivadas de estos activos deben informarse al SII durante el proceso anual de declaración.

“Esto incluye intereses por depósitos a plazo, dividendos distribuidos por sociedades, rescates o ventas de fondos mutuos, utilidades por enajenación de acciones o ETFs, así como rentas provenientes de instrumentos financieros internacionales”, aseguró.

declaración de impuestos
Foto: Archivo Chócale

En este sentido, agregó que en muchos casos el impuesto se determina sobre la ganancia obtenida en la operación, es decir, la diferencia entre el precio de venta de un instrumento financiero y su costo de adquisición.

Aun así, el tratamiento tributario puede variar dependiendo de las características de la inversión. “Existen operaciones que pueden acceder a regímenes preferenciales o incluso exenciones (como el Ahorro Previsional Voluntario), mientras que en otros casos las ganancias deben incorporarse a la base del Impuesto Global Complementario del contribuyente”, explicó.

Por ello, recomendó revisar las características de cada operación realizada durante el año, especialmente cuando se trata de portafolios con distintos instrumentos financieros o activos en diferentes mercados.

Inversiones en el extranjero: ¿Qué considerar?

Las inversiones realizadas fuera de Chile suelen generar más dudas entre los contribuyentes, especialmente cuando se trata de acciones o ETFs adquiridos en bolsas internacionales o a través de plataformas extranjeras.

Cristóbal Pérez, experto tributario y académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de los Andes, explicó que el sistema tributario chileno se basa en el principio de renta mundial. “Lo que debe declararse es la renta de fuente mundial de los contribuyentes con residencia o domicilio tributario en Chile”, aseguró.

En la práctica, esto significa que las ganancias obtenidas en mercados extranjeros también deben informarse al SII, incluso si esos rendimientos ya pagaron impuestos en el país donde se generaron.

Por su parte, Morales señaló que la diferencia entre invertir en Chile y hacerlo en el exterior no radica en la obligación de tributar, sino en la forma en que se reportan los datos.

Esto se debe a que, en el caso de inversiones locales, las instituciones financieras suelen informar directamente las rentas mediante declaraciones juradas, lo que permite que gran parte de los antecedentes aparezcan automáticamente en la propuesta de declaración. En cambio, cuando se opera a través de brokers o plataformas extranjeras, esa información no siempre llega de forma automática al SII.

Además, algunos contribuyentes deben presentar antecedentes adicionales. “Respecto de inversiones en el extranjero, la declaración jurada 1929 debe ser presentada anualmente por aquellos contribuyentes con residencia o domicilio para efectos fiscales en Chile y tengan inversiones, ciertos activos, movimientos y rentas en el exterior”, aseguró Pérez.

Asimismo, agregó que también existe un registro específico para estos activos. “Para efectos de informar y mantener la información actualizada, existe el Registro Electrónico de Inversiones en el Extranjero, en el cual deben registrarse ciertas inversiones en el exterior”.

¿Qué información entregan las plataformas de inversión?

En paralelo al crecimiento del número de inversionistas, diversas plataformas han comenzado a entregar documentos y herramientas para facilitar el proceso de declaración de sus usuarios.

Desde Fintual explicaron a Chócale que los clientes reciben archivos con la información necesaria para declarar sus inversiones. Asimismo, reportan los resultados obtenidos en otros instrumentos. “Les mandamos las ganancias declaradas por sus inversiones en fondos mutuos, y cómo pueden revisarlas en su formulario 22”. En estos casos, la administradora informa los antecedentes al SII, por lo que el usuario solo debe confirmar los datos en su declaración.

Foto: Archivo Chócale

Sin embargo, cuando se trata de operaciones en acciones o ETFs realizadas directamente por los usuarios, parte de los antecedentes debe completarse de forma manual. “Cuando se trata de inversiones en Fintual Acciones y ETFs durante el año a declarar, es información que los clientes deben completar ellos mismos, aunque nosotros les enviamos una guía con toda la información necesaria para hacerlo”.

En plataformas como Racional, el proceso funciona de manera similar. Desde la firma señalaron que “lo principal es tener un resumen de sus inversiones del año: compras, ventas y resultados”.

En el caso de inversiones internacionales, la plataforma entrega documentos específicos para cumplir con las obligaciones informativas ante el SII. “En el caso de Racional Stocks, el usuario puede subir un documento que enviamos para la Declaración Jurada 1929. Con esto, estará enviando información sobre sus inversiones y resultados”. Posteriormente, agregaron, los inversionistas reciben otro archivo con los datos necesarios para completar el Formulario 22.

Cómo evitar errores en la declaración

Uno de los principales problemas que enfrentan los contribuyentes al declarar inversiones corresponde a las inconsistencias entre la información que maneja el Servicio de Impuestos Internos y la que finalmente se incluye en la declaración.

Cabe destacar que actualmente el organismo cruza datos provenientes de bancos, corredoras, administradoras de fondos y otras instituciones financieras, lo que le permite detectar diferencias entre lo reportado por terceros y lo declarado por cada contribuyente.

En ese contexto, cuando aparecen discrepancias, el SII puede iniciar procesos de fiscalización que pueden derivar en la determinación de impuestos adicionales, además de reajustes, intereses o multas, dependiendo de la naturaleza del error.

Por ello, los especialistas recomiendan revisar cuidadosamente los antecedentes antes de enviar la declaración. Cristóbal Pérez recomendó revisar "si sus inversiones en el extranjero están debidamente declaradas y actualizadas y si la información presentada en la declaración de renta propuesta por el SII está correcta”.

Desde las plataformas de inversión también aconsejaron utilizar los documentos que entregan los servicios financieros, ya que suelen incluir los montos precalculados necesarios para completar el proceso.

Además, sugirieron revisar los datos antes de enviarlos y evitar realizar el trámite en los primeros días de la Operación Renta. Esto, porque declarar hacia la segunda mitad de abril puede ayudar a que la información esté más consolidada en el sistema del SII y reducir el riesgo de inconsistencias.

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