El 31 de julio vence el plazo para que los bancos e instituciones financieras informen al Servicio de Impuestos Internos (SII) las cuentas que recibieron un alto número de transferencias durante el primer semestre de 2026.
El reporte permitirá al organismo detectar actividades comerciales que podrían estar operando fuera del sistema tributario.
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La obligación corresponde a la Declaración Jurada (DJ) N.º 1959, que exige a las instituciones financieras informar al SII las cuentas que cumplan determinados criterios.
El reporte incluye las cuentas que reciban 50 o más transferencias de distintos RUT en un mismo mes, o 100 o más transferencias de distintos RUT durante un semestre.
El objetivo es identificar a personas que utilizan cuentas personales para recibir pagos por ventas o servicios sin cumplir sus obligaciones tributarias.
"Es importante entender que el reporte no se activa por el monto de las transferencias, sino por la cantidad de operaciones recibidas. En el caso del primer semestre de 2026, el plazo que tienen las instituciones financieras para realizar ese reporte vence el 31 de julio", explicó Carlos San Martín, gerente tributario de Auditeris.

¿Quiénes deberían revisar su situación?
El SII señaló que esta medida no busca fiscalizar aportes solidarios entre familiares o conocidos, rifas familiares, cuotas para actividades puntuales o fondos comunitarios que involucren montos acotados.
En cambio, quienes sí deberían revisar su situación son los emprendedores que venden por redes sociales, prestadores de servicios independientes y pequeños comerciantes que reciben pagos mediante transferencias, pero no han realizado el Inicio de Actividades o no emiten boletas o facturas por sus ventas.
Según San Martín, la DJ 1959 no es una obligación nueva. "El SII la aplica desde 2025 y los bancos ya operan con este protocolo. Lo que cambia ahora es que vence el primer plazo de reporte semestral".
Añadió que "el cruce de información que realiza el SII hoy es mucho más sofisticado que hace algunos años. Si una persona recibe transferencias por ventas y no declara esos ingresos, existe una alta probabilidad de que esa situación sea detectada".
Qué hacer antes del 31 de julio
Para quienes desarrollan una actividad comercial, el especialista recomendó revisar su situación tributaria antes del vencimiento del plazo.
Entre las acciones sugeridas están:
- Verificar si las transferencias recibidas corresponden a ingresos comerciales que debieron declararse.
- Realizar el Inicio de Actividades si existe una actividad económica que aún no ha sido formalizada.
- Regularizar declaraciones atrasadas de IVA o renta, cuando corresponda, ya que hacerlo voluntariamente puede ser más conveniente que esperar una fiscalización.
- Mantener respaldo de las transferencias recibidas y de la documentación tributaria asociada a cada operación.
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