La Corte de Apelaciones de Iquique obligó a Banco Santander a indemnizar a una clienta que sufrió un fraude bancario. El fallo establece que la entidad no protegió adecuadamente los datos personales de su clienta, lo que permitió la filtración de su información y la realización de transacciones fraudulentas.
El tribunal de alzada condenó al banco a pagar $4.206.240 por concepto de daño emergente y $500.000 adicionales por daño moral, reconociendo la vulneración de la seguridad de los datos de la clienta.
Según los antecedentes, Verónica Ramírez Riquelme fue víctima de 11 transacciones fraudulentas el 3 de junio de 2021, cuando un tercero, haciéndose pasar por un empleado del banco, accedió a su información personal y realizó diversas operaciones sin su consentimiento.
La resolución judicial señala que: “Ello demuestra una evidente filtración de tales antecedentes desde la base de datos del Banco hacia terceros, revelando una falla en sus sistemas de seguridad, de control de los datos de sus clientes y secreto con que deben manejar la información proporcionada por estos”.
Operaciones no autorizadas
Entre las transacciones detectadas, dos transferencias por un total de $450.000 y una compra de $773.190 fueron aceptadas por el banco y reembolsadas a Ramírez. Sin embargo, otras seis transacciones, que suman más de $3 millones, no fueron reembolsadas, argumentando que no se cumplían las condiciones para efectuar devoluciones.
La clienta, representada por el abogado Felipe Fernández León, interpuso una demanda por la falta de diligencia en la custodia de sus datos personales, que según el tribunal, fueron vulnerados debido a fallas en los sistemas del banco.
La Corte de Apelaciones también consideró el daño emocional que sufrió Ramírez debido al fraude, señalando que la clienta experimentó un alto grado de estrés, lo que derivó en consultas médicas y afectaciones psicológicas. El tribunal agregó que la situación generó “molestias, inseguridad y alteraciones emocionales”, por lo que se ordenó una compensación por daño moral de $500.000.
“Se dará lugar a la demanda por concepto de daño moral, desde que de los antecedentes incorporados al proceso aparece que la falta de rigurosidad del banco demandado en la custodia de los datos personales de la demandante civil doña Verónica Andrea Ramírez Riquelme, le generó molestias, inseguridad, alteraciones emocionales, aspectos que deben resarcirse bajo el concepto de daño moral”, señaló el dictamen.
El fallo establece que Banco Santander incumplió la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, y además de las indemnizaciones, fue multado con 10 UTM a beneficio fiscal.
Importante
Considerando que se trata de un proceso en tramitación, todas las partes involucradas pueden utilizar recursos procesales disponibles que podrían revisar lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Iquique.