Operación Renta 2024: Todo lo que debes saber para la declaración de impuestos

Conoce las claves y datos para declarar tus impuestos en el proceso de Operación Renta 2024, que comienza con las declaraciones juradas.

En pocos días llega marzo, un mes que no solo representa el fin de las vacaciones para la mayoría de los chilenos, sino que también significa el regreso a la realidad para las empresas, que deben iniciar los preparativos para la Operación Renta 2024.

Cabe recordar que este es un proceso que se realiza todos los años, en el que determinados contribuyentes —tanto empresas como personas naturales— informan al Servicio de Impuestos Internos (SII) todos los movimientos comerciales del año anterior, tales como gastos, impuestos y obligaciones previsionales.

El 14 de febrero marcó el inicio de la etapa de presentación de las Declaraciones Juradas (DDJJ) de Renta 2024. Estas declaraciones contienen información relevante que facilita la fiscalización del Servicio y la elaboración de la Declaración de Renta anual, que el SII realiza anualmente en mes de abril. Los plazos para presentar la mayoría de estas DDJJ vencen en marzo.

Una de las novedades de la operación de este año es la herramienta “Escritorio Contable”, una funcionalidad pensada para quienes se desempeñan en contabilidad o asesoría contable, ya que consiste en un acceso especial que les permite cumplir con la presentación de sus DDJJ a todos sus clientes desde el mismo lugar.

¿Quiénes deben realizar la Operación Renta 2024?

Todas las empresas deben realizar su declaración de impuestos. En el caso de las personas naturales, deben declarar renta quienes tuvieron más de un empleador, percibieron un ingreso anual superior a $10.402.992 (13,5 UTA), y aquellos que trabajaron a honorarios.

El principal cambio para este grupo es el aumento en la retención del porcentaje de honorarios, que llegó a un 13% en 2023 y este año alcanzará 13,75%. Además, quienes hayan obtenido un Préstamo Solidario del Estado en 2020 y/o 2021 deberán presentar una declaración anual para determinar el monto definitivo de la cuota a pagar.

“Si bien no existen cambios significativos con respecto al año anterior, es importante recordar que quienes hayan obtenido Préstamo Solidario en el año 2020 o 2021 deberán presentar una declaración anual para determinar el monto definitivo de la cuota a pagar, la que corresponderá a un 30% del préstamo, o un 5% de la renta anual declarada, si este monto fuera menor”, señaló Bárbara Veloso, socia de Consultoría en Personas de EY.

¿Qué pasa si no se realiza la declaración de renta?

Las personas que estén obligadas a hacer el trámite y no lo realicen, recibirán una anotación tributaria y se verán expuestos a multas e intereses.

“Si usted no declaró rentas y estaba obligado a hacerlo, será citado a las unidades del SII. Además, presentará en los registros del SII la anotación tributaria, ‘No declarante F22’, la cual le impedirá realizar algunos trámites”, indicaron desde el Servicio de Impuestos Internos.

¿Cuáles son los principales cambios para empresas y pymes?

Este año, la Operación Renta 2024 trae consigo modificaciones en 25 Declaraciones Juradas. Dentro de estas, se destaca la reducción del mínimo de ingresos que para la DDJJ 1945 de Organizaciones sin Fines de Lucro (OSFL), que obliga a presentar la información al SII, pasando de 12.000 UF a 4.000 UF.

También se amplía la obligación de presentar esta declaración a OSFL que reciban donaciones del exterior superiores a los US$ 10.000 y aquellas que realicen ayuda humanitaria en el extranjero.

Asimismo, se introducen dos nuevas DDJJ. La 1956, que obliga a informar donaciones a entidades sin fines de lucro y donaciones culturales al Ministerio de las Culturas, el Ministerio de Hacienda y a las secretarías técnicas, si correspondiera; y la 1957, que instruye a bancos e instituciones financieras a informar créditos con garantía hipotecaria para viviendas nuevas con beneficio tributario según la Ley N°21.631 de 2023.

Se incorporan, además, modificaciones sobre responsabilidad parental y pago efectivo de deudas de pensiones de alimentos en las DDJJ relacionadas, en las que se aclara que siempre debe incorporarse el RUT del cotizante o ahorrante, no obstante que el dinero sea percibido por la o el demandante de pensión.

Según Diego Plaza, analista tributario de Maxxa, a partir de este año, las empresas tendrán que incorporar la planificación o estrategia con que se abordará la cantidad de horas de la jornada semanal de los trabajadores y la indicación estimativa del año en que se acogerán a la Ley de 40 horas.

“Hay pymes donde parte de la planificación de recursos proviene principalmente del financiamiento que entrega el Estado y que podrían verse perjudicadas al desconocer la forma en que este priorizará a las empresas según la respuesta a la implementación de las 40 horas en la Operación Renta 2024. Recordar que las instituciones como Sercotec y Corfo considerarán un puntaje adicional para sus programas en las postulaciones de empresas de menor tamaño que vayan implementando la ley”, añadió Plaza.

¿Qué sucede con aquellas personas que se encuentran en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos?

Las personas que figuren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, las devoluciones de impuesto a las cuales pudieran tener derecho serán, retenidas por parte de la Tesorería General de la República (TGR) con el fin de pagar dichas deudas.

¿Las propuestas de declaración tienen la información completa?

Desde EY señalaron que, aunque el SII proporcione declaraciones prellenadas basándose en la información proporcionada por terceros como las entidades financieras, empleadores, y otros sobre inversiones, remuneraciones, pensiones, u otros ingresos, cada contribuyente es responsable de incluir todas sus rentas percibidas durante el año respectivo en su declaración de impuestos.

Por lo tanto, indicaron que es sumamente relevante revisar y verificar la información, como los rescates de fondos de pensiones, rentas de arrendamiento y ventas de inmuebles, para incorporarlas manualmente en caso de no aparecer en la propuesta del SII.

Por otro lado, sobre todo en el caso de grandes empresas, recomendaron esperar hasta que el proceso esté más avanzado antes de presentar la declaración anual de impuestos. Es probable que la información proporcionada por las empresas en las propuestas de declaración sea rectificada, por lo que quien presente su declaración anual en los primeros días del proceso, deba modificarla para actualizar la información basada en las rectificaciones realizadas por terceros.

Finalmente, los expertos hicieron hincapié en que las empresas, independientemente de su tamaño, idealmente deberían contar con asesorías para este proceso de cumplimiento tributario, más aún con los numerosos cambios en materia impositiva que vive Chile, y el aumento en la cantidad de información que demanda el SII año a año.


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