Fin a los créditos hipotecarios simultáneos: CMF actualizará más seguido el informe de deudas

La CMF informó sobre la publicación de dos nuevas normativas, que buscan mejorar la información sobre los deudores del sistema financiero.

Este jueves la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) anunció la publicación de dos nuevas normativas relativas a perfeccionar la información de los deudores en el sistema financiero.

Entre las medidas que mayor impacto tendrá en las personas es la mayor frecuencia con la que las entidades financieras deberán actualizar la información de créditos y que es entregada mensualmente a la CMF.

Entre que una persona pide y se le otorga un crédito, y que luego dicha deuda aparezca efectivamente en el sistema bancario, pueden pasar hasta 45 días. Esto ha permitido que algunos clientes bancarios soliciten varios créditos al mismo tiempo en diversas instituciones.

De esa manera, logran conseguir varias ofertas y aprobaciones en periodo de tiempo acotado, donde las entidades no pudieron ver deudas que el mismo interesado estaba contrayendo en otros bancos. Esta práctica ha servido para obtener créditos hipotecarios para la compra de propiedades, principalmente para inversión pensando en una renta mensual, la que a su vez permite pagar el dividendo.

La primera medida informada por la CMF apunta a aumentar la frecuencia y reduce los plazos en que las distintas instituciones financieras deben enviar los archivos de deuda asociados a la nómina de deudores a la CMF. Con esto se busca contar con datos más actualizados, y así mejorar la oportunidad del informe de deuda que elabora la Comisión. Dicha información queda disponible tanto para los deudores como para las instituciones financieras que pueden recibirla.

La segunda normativa establece la información que deberán remitir los emisores de tarjetas de crédito no bancarios, las medidas de control para su preparación y el manejo de la nómina de deudores que recibirán.

A las normativas se les realizaron ajustes en cuanto a los plazos de implementación y envío de los archivos. Esto para que las instituciones fiscalizadas puedan realizar los desarrollos tecnológicos necesarios, además de mantener un balance entre la calidad de la información y su actualización.

Envío de información hacia la CMF

La propuesta considera aumentar la frecuencia con que se envía la nómina de deudores a la CMF, pasando de una periodicidad mensual a semanal. Así, la información al cierre de cada semana (los días viernes) y la del cierre de cada mes, se enviará a la CMF dentro de los siguientes 3 días hábiles bancarios.

Los cambios propuestos van a significar una reducción en el atraso de la información de los deudores, pasando de un máximo de 50 días corridos a 16 días, aproximadamente.

Por su parte, las instituciones financieras habilitadas también recibirán semanalmente la información refundida, además de la correspondiente al cierre de cada mes (salvo que el último día del mes sea viernes).

Por otra parte, ambas normativas también buscan mejorar la gestión del riesgo de crédito de los fiscalizados. También, que las personas puedan acceder a productos y servicios financieros en mejores condiciones, al contar con un historial de pagos más actualizado y completo.

Deudores de emisores no bancarios

Actualmente, la nómina de deudores se basa en la información que remiten los bancos, las sociedades de apoyo al giro colocadoras de créditos y las cooperativas de ahorro y crédito fiscalizadas por la Comisión.

Sin embargo, la última modificación al artículo 14 de la Ley General de Bancos habilitó a las empresas emisoras de tarjetas de crédito no bancarias a recibir dicha nómina de deudores, para lo cual también deben enviar la información de sus propios deudores.

Implementación de la normativa

La normativa tendrá un periodo de implementación diferenciado. Los primeros archivos semanales deberán ser enviados a partir de la segunda semana de diciembre de 2021, en periodo de macha blanca.

Este lapso se extenderá hasta marzo de 2022 para el caso de bancos, Sociedades de Apoyo al Giro (SAG) bancario y cooperativas. Para los emisores de tarjetas no bancarios, será hasta junio 2022.

La CMF recordó que la información que contiene la nómina es estrictamente confidencial. Asimismo, su alcance se limita a lo establecido en el artículo 14 de la Ley General de Bancos (LGB). Esto respecto al contenido de la nómina de deudores como de sus destinatarios.


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