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Pago de contribuciones 2025: Hasta el 30 de abril se puede pagar la primera cuota

Hasta el 30 de abril se puede realizar el pago de la primera cuota anual de contribuciones de bienes raíces 2025.
Pago de contribuciones de bienes raíces

El 30 de abril es el último día para efectuar el pago de la primera cuota de las contribuciones de bienes raíces no agrícolas, correspondiente al primer semestre de 2025, según informó la Tesorería General de la República (TGR).

En este contexto, el tesorero general de la república, Hernán Nobizelli, destacó la relevancia de estos tributos, señalando que los recursos recaudados benefician directamente a las 345 comunas del país, en particular aquellas con menores ingresos.

Además, indicó que aproximadamente un tercio del impuesto territorial recaudado permanece en cada municipio, mientras que los otros dos tercios restantes se destinan al Fondo Común Municipal, "un mecanismo que distribuye recursos desde las comunas de altos ingresos a las de menores ingresos".

Opciones de pago y beneficios para adultos mayores

Nobizelli instó a los contribuyentes de la tercera edad a revisar si cumplen con los requisitos para acceder al beneficio de rebaja fiscal en las contribuciones, según lo establecido por el Servicio de Impuestos Internos (SII).

La normativa establece que los adultos mayores con rentas anuales iguales o inferiores a 13,5 unidades tributarias anuales (UTA) pueden acceder a una rebaja del 100% en el Impuesto Territorial para una propiedad con destino habitacional. Para quienes tienen ingresos superiores a 13,5 UTA, pero no exceden las 30 UTA, la rebaja es del 50%.

La Tesorería dispone de diversos canales de pago, uno de ellos es su sitio web institucional, que permite realizar el trámite utilizando la Clave Única o la Clave Tributaria.

Además, se encuentran disponibles las sucursales bancarias, Sencillito y Caja Vecina, presentando previamente un recibo de pago obtenido en oficinas de TGR, como también en módulos de autoatención y en oficinas de ChileAtiende.

Cabe destacar que los contribuyentes pueden optar por pagar una cuota anual o ambas cuotas correspondientes a los dos primeros trimestres del año, en un solo trámite.

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