Justicia congela temporalmente alza de planes de TV de Movistar

El 29º Juzgado Civil de Santiago finalmente acogió los argumentos del SERNAC y acogió las medidas precautorias, congelando temporalmente el alza de planes de televisión de Movistar.
Movistar TV en Chile

A mediados de enero te contábamos que el SERNAC presentó una demanda contra Movistar por el alza unilateral en los planes de televisión.

En la oportunidad, el organismo estatal pidió aplicar un mecanismo que aparece en la nueva ley: el cese provisional inmediato de los cobros de más mientras se tramita la causa en los tribunales.

El 22 de enero el 29º Juzgado Civil de Santiago rechazó la medida precautoria solicitada por el SERNAC, que solicitaba congelar temporalmente el alza de $1.000 y $1.500 que afectó a los abonados de los planes de televisión de la compañía de capitales españoles.

En su argumentación, el tribunal indicó que “carece todavía de elementos suficientes para considerar la pertinencia de la precautoria solicitada“.

Además, expresó que aún no queda claro si el aumento ha sido implementado por lo que “de accederse a la suspensión nacería un panorama desintegrado, compuesto por usuarios afectados y no afectados, de lo que se sigue una diferencia contraria al interés colectivo y al principio de igualdad”. En el documento se expresa que es “necesario escuchar primero” a la empresa denunciada y que “no existe una situación real de peligro, en relación a una futura y eventual condena”, lo que correspondería a un aspecto central en toda cautelar, resolvió el juez Matías Franulic Gómez.

Revés para Movistar

Los abogados del SERNAC presentaron un recurso de reposición en contra de la resolución del 22 de enero y pidieron acogerlo en todas sus partes.

Los demandantes indicaron que se acompañaron antecedentes suficientes que “constituyen a lo menos presunción grave del derecho que se reclama“, como copia del contrato, copia de la demanda de la Asociación de Consumidores de Santiago AC (Acosan) de junio de 2019 por el mismo problema y formularios de reclamos de tres consumidores, en representación de más de 800 reclamos que ha recibido el SERNAC hasta la fecha.

También se añadieron copias de los oficios enviados a Movistar, donde reconocería expresamente los hechos que se le imputan, acusó el SERNAC.

En la solicitud de la reposición, el organismo también defendió el uso de las medidas precautorias, expresó que se cumplen los requisitos legales para aplicar una medida temporal de estas características y que no corresponde que se deba discutir sobre el fondo del asunto ni que en esta etapa “el demandado deba ser oído”.

Luego de la presentación del SERNAC del 28 de enero, el pasado lunes 3 de febrero el mismo juez echó marcha atrás y finalemente estableció la medida precautoria.

“Estimándose la concurrencia de antecedentes que constituyen presunción grave del derecho que se reclama, por no aparecer –por ahora- que los incrementos sean consentidos, ni que la proveedora del servicio tenga facultades suficientes para operar tales modificaciones, se ordena, como medida precautoria, el cese provisional del cobro de los cargos cuya procedencia es objeto de la demanda intentada, consistente en el aumento de las tarifas en $1.000 o $1.500 a los usuarios que tengan contratados planes de televisión por cable con la demandada, según el tipo de plan de que se trate”, se expresa en la resolución.

De esta forma, el mismo juez Franulic acogió el recurso de reposición y se dejó sin efecto la decisión del pasado 22 de enero.

¿En qué va el caso?

Luego de la resolución del juez, el SERNAC ha solicitado que se practique la notificación de la medida precautoria a Roberto Muñoz, presidente y representante legal de Telefónica en Chile.

Hasta ahora el receptor judicial habría hecho llegar notificaciones sobre la decisión de aplicar las medidas precautorias a la oficina de partes de Telefónica. Sin embargo, el funcionario que lo atendió se habría excusado de firmar, de acuerdo con lo que señala el receptor en un escrito presentado este lunes.

Finalmente, decidió enviar la notificación por correo certificado y subir la copia del registro a la página del Poder Judicial.


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