Durante los últimos años, Chile ha avanzado de manera importante en fortalecer los estándares de probidad en las compras públicas. Las licitaciones incorporan programas de integridad, declaraciones juradas y compromisos expresos de respeto a la libre competencia. Es una buena noticia, porque demuestra que el Estado entiende que la confianza también se construye antes de adjudicar un contrato.
Sin embargo, la verdadera prueba de esos mecanismos aparece después. El requerimiento presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) contra Pluxee y Edenred abrió una discusión que va mucho más allá de la eventual responsabilidad de las empresas involucradas.
También invita a preguntarnos si los instrumentos que hoy contemplan las propias bases de licitación están siendo utilizados para fortalecer efectivamente la competencia y la confianza en las instituciones.
La licitación de la Beca de Alimentación para la Educación Superior (BAES) de Junaeb es un buen ejemplo. Las empresas adjudicatarias firmaron un Pacto de Integridad en el que se comprometieron expresamente a no realizar conductas que afecten la libre competencia y aceptaron las consecuencias previstas en las propias bases frente a un eventual incumplimiento.
No se trata de anticipar un juicio ni de reemplazar el trabajo de los tribunales. La presunción de inocencia es un principio esencial que debe respetarse. Pero sí corresponde preguntarnos si los mecanismos de integridad que hoy exige el Estado cumplen realmente el propósito para el cual fueron creados cuando aparecen antecedentes que justifican una revisión institucional.
Esta discusión trasciende un contrato específico. La contratación pública no solo permite asignar recursos del Estado, también puede convertirse en una herramienta para promover la competencia, incentivar la innovación y generar mejores condiciones para que nuevas empresas participen en igualdad de oportunidades. Pero para que eso ocurra, no basta con diseñar buenas reglas; también es necesario que exista la convicción de que serán aplicadas cuando las circunstancias así lo ameriten.
En ese sentido, la certeza jurídica y la aplicación consistente de las reglas no sólo resguardan el buen uso de los recursos públicos. También, reducen las barreras de entrada para nuevos competidores, incentivan la inversión y favorecen un entorno donde las empresas compiten por ofrecer mejores soluciones, en lugar de destinar esfuerzos a enfrentar incertidumbres sobre el funcionamiento del sistema.
Cuando las reglas generan confianza y las instituciones actúan de manera consistente, más empresas están dispuestas a competir, los mercados funcionan mejor y se crean las condiciones para que la innovación pueda desarrollarse de manera sostenible.
Ese es, probablemente, el principal aprendizaje que deja este caso. La libre competencia no se protege únicamente con buenas reglas o compromisos escritos. También necesita instituciones que les den valor, aplicándolos de manera oportuna, consistente y con la misma exigencia para todos.
Solo así será posible avanzar hacia mercados más competitivos, innovadores y transparentes, donde la confianza no dependa únicamente de lo que establecen las bases de licitación, sino también de la certeza de que sus mecanismos de resguardo cumplen efectivamente el rol para el cual fueron concebidos.