La Superintendencia de Pensiones (SP) publicó este martes el régimen definitivo de inversión de los fondos generacionales, con cambios que amplían el margen de las administradoras de fondos de pensiones (AFP) para gestionar los ahorros de sus afiliados.
Los ajustes incluyen bandas más amplias para evaluar su desempeño y mayores límites para activos alternativos.
La normativa modifica la propuesta que el regulador sometió a consulta pública en julio. Además de flexibilizar la distribución de inversiones, incorpora un mecanismo que permite ajustar temporalmente las reglas ante circunstancias excepcionales que afecten la administración de los fondos y los intereses de sus afiliados.
Los cambios llegan después de los reparos que planteó la Asociación de AFP. El gremio pidió eliminar los mínimos por tipo de activo, mantener los máximos y simplificar los índices de referencia. A su juicio, un diseño rígido podía empujar a las administradoras hacia estrategias similares.
La versión definitiva elimina el límite inferior para activos alternativos al definir la distribución estratégica de inversiones. Sin embargo, mantiene mínimos en otras categorías, como acciones nacionales y deuda del gobierno.
El régimen comenzará a regir el 1 de abril de 2027. Ese día, serán 10 los fondos generacionales que reemplazarán a los actuales cinco multifondos y que agruparán a los afiliados según su año de nacimiento, con una trayectoria que reducirá la exposición al riesgo a medida que envejezcan.
Más espacio para diferenciar las inversiones
La Superintendencia de Pensiones amplió los rangos de inversión en categorías de activos internacionales y alternativos, dentro de los cuales las AFP podrán definir sus estrategias. Cada administradora deberá informar su distribución al regulador y respetar los máximos de activos de crecimiento que corresponden a cada etapa.
También elevó los límites para el total de activos alternativos en las tres primeras etapas y autorizó un límite para capital privado en las últimas. Los topes globales para alternativos variarán entre 25% y 5% de cada fondo. Junto con estos ajustes, incrementó los límites para las comisiones globales máximas.

Otro cambio central es la ampliación de las bandas que determinan cuándo corresponde un premio o un aporte de la AFP según su gestión. La evaluación comparará mensualmente la rentabilidad de cada fondo con una cartera de referencia, considerando un período móvil de 36 meses.
Si el resultado queda dentro de la banda, no habrá retribuciones ni aportes. Si supera su límite superior, la AFP accederá a una retribución; si cae bajo el inferior, deberá aportar recursos propios al fondo. Las bandas anuales irán de 2,4 a 2,9 puntos porcentuales por encima y por debajo de la referencia.
"El mecanismo de medición del desempeño permite contar con una referencia objetiva para evaluar la gestión de las AFP, entregándoles flexibilidad para diferenciar sus estrategias de inversión, pero procurando que dichas decisiones permanezcan alineadas con la trayectoria de riesgo definida para cada fondo generacional", señaló la SP.
La transición y la preocupación por los mayores de 50
La Asociación de AFP también había advertido sobre la transición de más de dos millones de afiliados mayores de 50 años que, según sus antecedentes, habían elegido una mayor exposición al riesgo. Su preocupación era que el traslado a carteras más conservadoras afectara el resultado de sus ahorros hacia la jubilación.
El régimen definitivo contempla medidas generales de adaptación. Durante los primeros 24 meses, la Superintendencia podrá autorizar plazos excepcionales para regularizar excesos en los límites de inversión. Además, entre el 1 de abril de 2028 y el 31 de marzo de 2031 regirá una banda transitoria común de cuatro puntos porcentuales.
La ley también contempla transferencias de activos y contratos desde los multifondos sin recurrir a los mercados formales, para proteger su valor. Estas facilidades acompañan la transición, mientras el nuevo esquema mantiene la asignación por edad y la reducción gradual del riesgo.
Ante circunstancias excepcionales, la SP podrá modificar, suspender o exceptuar temporalmente límites, bandas y otros parámetros. El texto del régimen exige una resolución fundada y consulta previa al Consejo Técnico de Inversiones y al Ministerio de Hacienda.
Respecto de los índices específicos para cada categoría de activos, el régimen establece que la SP los comunicará mediante resolución. Esos parámetros servirán para construir las carteras de referencia con que evaluará a las AFP. La Asociación de AFP había pedido que esos índices fueran simples de construir y replicar, para permitir estrategias diferentes.
Debe estar conectado para enviar un comentario.