Tras los daños provocados por el sistema frontal, el Gobierno de Chile activó medidas excepcionales para facilitar el acceso al Seguro de Cesantía y aumentar sus prestaciones en la provincia de Huasco, en la Región de Atacama, y en toda la Región de Coquimbo.
El ministro del Trabajo y Previsión Social, Tomás Rau, anunció la aplicación inmediata de los mecanismos establecidos en la Ley N° 21.628. Esta norma reduce las cotizaciones exigidas, mejora los montos de los pagos y entrega beneficios especiales a quienes perdieron su empleo en territorios declarados bajo estado de catástrofe.
La decisión se dispuso luego de que el Presidente José Antonio Kast decretara estado de excepción constitucional de catástrofe en ambas zonas debido a los severos daños causados por el sistema frontal en curso.
"El Gobierno del Presidente Kast está adoptando todas las medidas disponibles para ir en ayuda de la ciudadanía que enfrenta la emergencia por el sistema frontal que afecta varias regiones del país y la activación —tras la declaración de estado de catástrofe— de las medidas excepcionales que flexibilizan el acceso al Seguro de Cesantía y aumentan los beneficios en la provincia de Huasco y la región de Coquimbo es una de ellas", destacó el secretario de Estado.
La medida quedó formalizada mediante el Decreto N° 112, publicado en el Diario Oficial. Tras esa publicación, la Superintendencia de Pensiones instruyó a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) para activar de inmediato las disposiciones especiales a favor de personas cesantes cuya fuente laboral se ubicaba en las zonas cubiertas por el estado de excepción.
Detalles de la cobertura y beneficios
Los cambios regirán entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2026. Durante ese período, las personas con contrato indefinido y los trabajadores de casa particular podrán acceder a recursos de sus cuentas individuales de cesantía con ocho cotizaciones, en vez de las 10 que exige el régimen normal.
Quienes tenían contrato a plazo fijo necesitarán cuatro cotizaciones, una menos que en condiciones habituales.

Para solicitar prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), los beneficiarios deberán acreditar ocho cotizaciones durante los últimos 24 meses previos al término de la relación laboral. Además, las tres últimas deberán ser continuas y con el mismo empleador.
La ley también eleva las tasas de reemplazo de los giros con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía entre el tercer y el quinto mes para las personas con contrato indefinido y contrato a plazo fijo. En el tercer mes, el pago subirá desde 45% a 55% de la remuneración; en el cuarto, desde 40% a 50%; y en el quinto, desde 35% a 45%.
Los porcentajes del primer, segundo y sexto mes se mantendrán sin cambios: 70%, 60% y 30%, respectivamente.
| Mes | Valores normales | Valores especiales por catástrofe (Ley N° 21.628) |
|---|---|---|
| 1 | 70% | 70% |
| 2 | 60% | 60% |
| 3 | 45% | 55% |
| 4 | 40% | 50% |
| 5 | 35% | 45% |
| 6 | 30% | 30% |
En el FCS, las prestaciones cubrirán entre el 70% y el 45% del promedio de las remuneraciones de los últimos ocho meses durante los primeros cinco giros. Los montos máximos irán desde $1.004.003 en el primer mes hasta $645.430 en el quinto.
La normativa también permitirá dos giros adicionales para quienes reciban su último pago del FCS durante la vigencia de las medidas. Cada uno equivaldrá al 30% de la remuneración promedio, con un mínimo de $129.085 y un máximo de $430.288.
| Mes | Porcentaje promedio de remuneración de los últimos 8 meses | Valor inferior | Valor superior |
|---|---|---|---|
| 1 | 70% | $346.176 | $1.004.003 |
| 2 | 60% | $346.176 | $860.574 |
| 3 | 55% | $346.176 | $788.862 |
| 4 | 50% | $346.176 | $717.144 |
| 5 | 45% | $193.628 | $645.430 |
| 6 | 30% | $129.085 | $430.288 |
| 7 | 30% | $129.085 | $430.288 |
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