El cierre de las sedes de Energy Club a nivel nacional continúa generando preocupación entre los clientes que mantenían membresías vigentes con la cadena y que ahora enfrentan la incertidumbre sobre qué ocurrirá con el dinero que pagaron.
Stefan Larenas, presidente de la Organización de Consumidores y Usuarios de Chile (ODECU), manifestó a Chócale su preocupación por las consecuencias que la eventual quiebra de Energy podría tener para quienes contrataron planes mensuales, semestrales o anuales bajo la expectativa de poder utilizar las instalaciones de la cadena.
"La liquidación de una empresa no borra los derechos de los consumidores. Puede dificultar el cobro, pero no elimina el incumplimiento ni la obligación de devolver proporcionalmente lo pagado", expresó Larenas.
Indicó que el impacto del cierre va más allá de la situación de la compañía, ya que afecta directamente a miles de personas que financiaron por adelantado un servicio que dejará de prestarse.
“El cierre de Energy Club no es solo un problema empresarial. Es un problema de consumo masivo: miles de personas pagaron por un servicio futuro que ya no recibirán", afirmó el líder de la ODECU.
Además, Larenas advirtió que el caso podría requerir una revisión más profunda si se comprueba que la empresa continuó comercializando o renovando membresías cuando ya enfrentaba dificultades que comprometían la continuidad de sus operaciones.

Brecha en protección de consumidores ante quiebras
Para ODECU, el cierre de Energy Club se suma a otros episodios ocurridos en la industria del fitness durante los últimos años. A juicio de la organización, existe un patrón asociado a modelos de negocio que dependen de pagos anticipados de los consumidores.
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"Observamos un patrón de riesgo en este mercado: modelos de contratación con pagos anticipados, planes anuales agresivamente promocionados, contratos de adhesión, alta dependencia de sedes físicas y consumidores que quedan como acreedores débiles cuando la empresa cierra", señalaron desde la organización.
En esta línea, agregó que el patrón no corresponde únicamente a "gimnasios que quiebran", sino que radica en la venta de servicios futuros sin garantías suficientes para proteger los pagos anticipados de los usuarios.
“Chile necesita reglas especiales para servicios vendidos con pago anticipado. No puede ser que el consumidor financie por adelantado a la empresa y luego quede último en la fila cuando esta cierra", planteó Larenas.
Agregó que la legislación reconoce derechos importantes de los consumidores, pero no los protege suficientemente del riesgo de los pagos anticipados masivos ni de la insolvencia del proveedor. "La Ley del Consumidor permite reclamar, demandar, exigir indemnización y perseguir responsabilidad del proveedor. El problema es que esas herramientas muchas veces actúan cuando el daño ya ocurrió", indicó.
Por ello, desde la organización consideran necesario realizar cambios regulatorios que contemplen una devolución proporcional obligatoria y automática ante el cierre de una empresa, un deber reforzado de información financiera y operacional, prohibición o restricción de ventas anticipadas, entre otras medidas.
"El cierre de Energy Club muestra una brecha: la Ley del Consumidor reconoce el derecho, pero el sistema concursal no está diseñado pensando en miles de consumidores con créditos pequeños, dispersos y derivados de servicios futuros no prestados", concluyeron.
¿Qué pueden hacer los consumidores afectados?
Stefan Larenas detalló que en ODECU "han recibido consultas de consumidores preocupados por planes vigentes, cobros recientes, renovaciones cercanas al cierre y falta de información clara sobre devolución".
Frente a este escenario, desde la organización recomendaron a los afectados reunir toda la documentación relacionada con la contratación, incluyendo contratos, comprobantes de pago, publicidad, correos electrónicos y mensajes.
También aconsejaron calcular el monto proporcional no utilizado y revisar si existen cobros automáticos futuros. Esto último resulta clave para poder solicitar su término al medio de pago o emisor correspondiente.
Asimismo, recomendaron presentar un reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y no aceptar alternativas informales que no tengan respaldo por escrito, especialmente si estas implican renunciar a eventuales devoluciones o compensaciones.
"Nuestra recomendación es documentar todo: contrato, pago, publicidad, mensajes, fecha de cierre y período pendiente. Sin evidencia, el reclamo pierde fuerza; con evidencia, puede transformarse en una acción colectiva", concluyó Larenas.
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