El Servicio de Impuestos Internos (SII) emitió una resolución que establece un sistema para que plataformas extranjeras de apuestas en línea, casinos, juegos de azar y servicios similares declaren y paguen IVA por las operaciones que realizan con usuarios en Chile.
La medida, contenida en la Resolución N°69 del 2 de junio de 2026, incorpora a estos operadores al régimen especial de IVA Digital que ya existe para contribuyentes sin domicilio ni residencia en el país que prestan servicios digitales desde el extranjero.
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De esta forma, las empresas que operen plataformas de apuestas o juegos de azar por internet deberán inscribirse en el sistema, declarar sus operaciones y pagar el impuesto correspondiente de acuerdo con las normas vigentes.
Además, el SII determinó que las plataformas que hayan operado en Chile durante los últimos 36 períodos tributarios deberán regularizar su situación y pagar el IVA adeudado mediante el Formulario 129, que utiliza el régimen de IVA Digital.
Según la resolución, el impuesto deberá aplicarse sobre todos los pagos que reciban por estos servicios, independientemente de la naturaleza de los desembolsos efectuados por los usuarios.
"No constituye un pronunciamiento sobre la legalidad de las plataformas"
En la resolución, el SII justificó la medida señalando que estas plataformas han mantenido operaciones permanentes en el país durante los últimos años.

Al respecto, indicó que "dado que las referidas plataformas no autorizadas, en los hechos y como es de público conocimiento, se han mantenido en forma permanente realizando estas operaciones gravadas con IVA, incluso publicitando abiertamente sus operaciones, es deber de este Servicio asegurar que realicen el pago de los impuestos que les corresponden".
Tras la publicación de la resolución, el abogado y ex fiscal Carlos Gajardo cuestionó la medida. A través de su cuenta en X afirmó que "A pesar de que la Corte Suprema las ha declarado ilegales, el SII las acaba de legalizar de facto".
Sin embargo, el organismo precisó que la resolución aborda únicamente obligaciones tributarias y que no constituye un pronunciamiento sobre la legalidad de las plataformas.
Asimismo, señaló que las materias relacionadas con la autorización, regulación, fiscalización o determinación de licitud de estas actividades corresponden a otros organismos competentes, de acuerdo con la normativa vigente.
Desde la Agrupación de Plataformas de Apuestas en Línea (aPAL) valoraron la resolución, indicando que "esta decisión evidencia la importancia de avanzar en la tramitación del proyecto de ley que regula a las plataformas de apuestas en línea, actualmente en segundo trámite constitucional en el Senado. La discusión debe centrarse en cómo establecer reglas claras que permitan recaudar impuestos, proteger a los usuarios, prevenir el acceso de menores de edad y garantizar una fiscalización efectiva".
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