Llamadas de cobranza dejarán de usar los prefijos 600 y 809

Las llamadas de cobranza volverán a aparecer desde números comunes, luego de que la SUBTEL eliminara la obligación de usar prefijos especiales tras un fallo de la Corte Suprema.
Foto: Karola G

Las empresas podrán volver a realizar cobranzas extrajudiciales desde números telefónicos comunes, luego de que la Subsecretaría de Telecomunicaciones (SUBTEL) modificara la regulación que obligaba a identificar este tipo de contactos con prefijos especiales.

Con este cambio, las llamadas de cobranza ya no tendrán que utilizar los prefijos 600 y 809, por lo que nuevamente podrán aparecer desde números normales.

La medida quedó establecida en una resolución publicada recientemente en el Diario Oficial y respondió a un fallo de la Corte Suprema emitido en marzo de este año.

En esa sentencia, el máximo tribunal determinó que las cobranzas extrajudiciales no debían incluirse dentro de las categorías definidas por la SUBTEL para identificar llamadas masivas.

“En cumplimiento de un reciente fallo de la Corte Suprema, hemos actualizado la normativa de excepción del uso de los prefijos telefónicos", señaló la subsecretaria de Telecomunicaciones, Romina Garrido.

Foto: Archivo Chócale

"Esto significa que las cobranzas extrajudiciales no están obligadas a utilizar el prefijo 600 y el 809, porque se trata de llamadas que son lícitas y están regidas por su propio marco regulatorio”, añadió.

Desde el organismo aseguraron que la modificación no cambia las medidas implementadas para combatir llamadas spam ni contactos comerciales no deseados, por lo que el resto de las categorías seguirá utilizando los prefijos definidos por la regulación.

¿Por qué se eliminó la obligación?

Cabe recordar que la normativa original comenzó a aplicarse en 2025 y buscaba ayudar a las personas a diferenciar llamadas comerciales, automatizadas y potencialmente asociadas a spam o fraudes telefónicos.

Bajo ese sistema, el prefijo 600 identificaba llamadas de empresas que mantenían una relación previa con el usuario, mientras que el 809 correspondía a contactos comerciales no solicitados.

Sin embargo, la Asociación Gremial de la Industria del Retail Financiero cuestionó la inclusión de las cobranzas dentro de esta normativa y presentó un recurso ante la justicia.

Según argumentó el gremio, la obligación de utilizar prefijos especiales dificultaba el contacto con personas morosas, reducía la tasa de respuesta y aumentaba los costos de cobranza.

Finalmente, en marzo de este año, la Tercera Sala de la Corte Suprema acogió el recurso y determinó que las cobranzas extrajudiciales no podían considerarse servicios complementarios de telecomunicaciones.

En el fallo, el máximo tribunal señaló que este tipo de llamadas “es meramente una comunicación efectuada por el acreedor a un deudor determinado, a través del medio telefónico”.

Además, la Corte sostuvo que la cobranza extrajudicial ya cuenta con regulación propia a través de la Ley N°21.320, que establece límites sobre horarios, frecuencia y modalidades de contacto.

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