El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) presentó una denuncia infraccional contra Mampato, operado por Entretenciones Lets Fun Ltda., en el Primer Juzgado de Policía Local de Puente Alto.
La acción se originó tras un accidente ocurrido en junio pasado en una atracción acuática del parque ubicado en Las Vizcachas, donde resultaron afectados dos niños de 9 y 4 años.
De acuerdo con los antecedentes, la familia acudió al recinto para pasar una jornada de recreación. Sin embargo, durante el funcionamiento del juego, se produjo una falla que provocó la colisión de los carros o “troncos” que componen la atracción.
Como consecuencia, el vehículo en que viajaban los menores se descarriló desde la parte más alta de la estructura y cayó con ambos en su interior, dejando a la niña de 9 años con lesiones.
La madre ingresó un reclamo al SERNAC denunciando una deficiente atención en enfermería y la ausencia de respuesta por parte del parque. “Tuvimos una pésima atención en enfermería, y yo tuve que llevar a urgencias a mis niños y hasta el momento no me dan mayores disculpas ni explicaciones”, señaló en su presentación.
El reclamo fue cerrado sin que la empresa respondiera.
Denuncia tras detección de incumplimientos a la Ley del Consumidor
Ante ello, la entidad ofició a Mampato para que entregara su versión de los hechos, el número de reclamos similares y las medidas adoptadas para prevenir incidentes. Tras analizar la respuesta, el organismo resolvió presentar una denuncia infraccional al detectar una serie de incumplimientos a la Ley del Consumidor.
Según el Servicio, la empresa vulneró el derecho a la seguridad en el consumo de bienes y servicios, pues el juego presentaba una “trampa latente” que implicaba un riesgo inminente para los visitantes. Además, incumplió el deber de reparar o indemnizar adecuadamente los daños ocasionados, pese a que sus propios informes internos reconocían deficiencias en las condiciones de seguridad.
El SERNAC también acusó a Mampato de no respetar los términos y condiciones bajo los cuales ofrece sus servicios, ya que no garantizó el resguardo ni la seguridad esperada en este tipo de instalaciones.
Asimismo, invocó el artículo 23 de la ley, que establece la responsabilidad de los proveedores frente a los consumidores y refuerza su obligación de cumplir con estándares mínimos de seguridad y calidad.
El organismo consideró que concurren circunstancias agravantes de especial gravedad, al tratarse de un accidente que afectó la integridad física y emocional de menores de edad, público al que precisamente está dirigido el parque de diversiones.
La investigación también concluyó que hubo negligencia en las medidas de seguridad y mantenimiento, lo que expuso a todos los visitantes a un riesgo grave.
Por la magnitud de los hechos y la falta de respuesta de la empresa, el ente fiscalizador solicitó la aplicación de las sanciones máximas establecidas en la ley. En este caso, las multas pueden alcanzar hasta 300 UTM por cada infracción, equivalentes a más de 20 millones de pesos.