El Primer Juzgado de Policía Local de Las Condes condenó al Banco Scotiabank por limitar el acceso a productos financieros a personas mayores de 75 años. La decisión se basó en una denuncia presentada por el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), que acusó discriminación arbitraria.
El caso se inició cuando dos clientes mayores señalaron que la entidad les negó renovar sus tarjetas de crédito únicamente por superar los 75 años, sin considerar su capacidad de pago ni su nivel de endeudamiento.
Tras recibir los reclamos, el SERNAC ofició al banco y realizó una fiscalización online, confirmando la situación denunciada.
El tribunal respaldó los argumentos del organismo fiscalizador y determinó que la política del banco que establecía una edad límite de 75 años “implica evidentemente un requisito arbitrario carente de toda justificación que restringe o limita el acceso a la contratación de productos o servicios por la edad que tengan los clientes”.
La entidad financiera recibió una multa de 100 UTM, aproximadamente 7 millones de pesos, por infringir la Ley del Consumidor al incurrir en discriminación arbitraria.
No existe una edad máxima para acceder a productos de crédito
La entidad señaló que la Ley 19.496 no establece una edad máxima para acceder a productos de crédito y que las entidades solo pueden rechazar a un cliente por razones objetivas, como exceso de endeudamiento o morosidades. La Ley N° 20.609, conocida como Ley Zamudio, también señala que basar restricciones en la edad constituye discriminación arbitraria.
Además, el artículo 17 N de la Ley del Consumidor y el Reglamento de Análisis de Solvencia Económica obligan a las instituciones financieras a evaluar la capacidad de pago de cada consumidor antes de otorgar o negar un crédito. “Negar un producto por la edad, sin realizar este análisis financiero, atenta contra la normativa”, indicó el SERNAC.
Los consumidores que enfrenten un rechazo tienen derecho a recibir, en un plazo de 10 días, un informe por escrito que detalle las razones objetivas que justifican la decisión, excluyendo la edad como argumento. El organismo recordó que el país cuenta con cada vez más personas mayores independientes, capaces de responder por un crédito.
Fallas administrativas en el proceso
Desde Scotiabank lamentaron la situación e indicaron que se trató de "de dos casos aislados, provenientes del año 2022, a quienes no se discriminó, pero hubo fallas administrativas en sus procesos. Por este motivo, el Banco pese a contar con una política en regla, decidió no apelar de la decisión del Juzgado de Policía Local".
Asimismo, señalaron que cuentan con más de 6.000 clientes mayores de 75 años con tarjetas de crédito vigentes y que "de manera activa, se han adherido al protocolo de atención a personas mayores promovido por la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) que se encuentra vigente en la Industria".