Presentado por:

Corte Suprema obliga a Banco Security a restituir $5 millones a empresa víctima de fraude

El máximo tribunal obligó a la entidad a restituir $5 millones a una constructora tras fallo que reconoce la responsabilidad del banco en una transferencia fraudulenta.
Cuenta corriente Security Up de Banco Security

La Corte Suprema ordenó a Banco Security restituir los $5 millones que una empresa constructora perdió tras una transferencia electrónica fraudulenta, en un fallo unánime.

La resolución dejó sin efecto una sentencia anterior de la Corte de Apelaciones de Santiago y confirmó el dictamen del Tercer Juzgado de Policía Local de Las Condes, que había acogido la demanda presentada por Constructora Torca Limitada.

El hecho ocurrió el 25 de febrero de 2019. Ese día, Pablo Vidal Hamilton-Toovey, representante legal de la empresa, ingresó a la página web del banco y, tras digitar su RUT y clave, recibió una solicitud para actualizar sus datos mediante coordenadas de seguridad. Actuando bajo la presunción de estar en el sitio oficial, ingresó la información solicitada. Segundos después, recibió un correo electrónico confirmando una transferencia por $5.000.000 a nombre de una persona desconocida.

El mismo día, el cliente contactó al banco y acudió a una sucursal de Banco Itaú —donde se había depositado el dinero—. Según declaró, los fondos fueron inicialmente reversados, pero luego el banco revirtió la operación, dejando a la empresa sin el dinero y sin solución. La constructora presentó una denuncia ante Carabineros y luego acudió a tribunales.

En abril de 2021, el Juzgado de Policía Local de Las Condes resolvió que Banco Security no adoptó las medidas de seguridad necesarias para evitar el fraude.

“El banco (…) no adoptó todas las medidas de seguridad necesarias para evitar que el consumidor fuera víctima de fraude, dando cuenta, con ello, de un actuar negligente que le ocasionó un menoscabo”, sostuvo la jueza Cecilia Villarroel en su sentencia.

La resolución también ordenó la restitución del dinero más intereses corrientes y ajustados por IPC, pero rechazó la demanda por daño moral al considerar que la empresa —como persona jurídica— no puede alegar perjuicio psicológico. Banco Security apeló ante la Corte de Apelaciones, la cual en octubre de 2023 revocó el fallo de primera instancia.

Constructora fue a la Corte Suprema para exigir al Banco Security la devolución del monto defraudado

Constructora Torca presentó un recurso de queja ante la Corte Suprema, que terminó por revertir el escenario judicial. En su sentencia del pasado 12 de junio, el máximo tribunal sostuvo que “la actuación del representante legal de la empresa dista ostensiblemente de ser calificada como dolosa o con culpa grave”.

El fallo también profundiza sobre la responsabilidad de los bancos al señalar que “la entrega (de coordenadas) se produjo en un entorno en el que, razonablemente, el usuario podía sentirse protegido” y que “todo lleva a estimar que quien está en mejores condiciones de controlar el riesgo al interior de su sitio web (…) es el banco y no el usuario”.

En ese contexto, la Corte Suprema recalcó que “la confianza razonable en las apariencias —particularmente en relaciones de consumo— no puede, bajo ninguna circunstancia, calificarse jurídicamente de negligencia de ninguna especie”.

En opinión del tribunal, “el hecho de que las cosas sucedieron como se acaba de indicar constituye un antecedente suficientemente persuasivo de que el banco demandado no cumplió con su obligación de seguridad: res ipsa loquitur” (la cosa habla por sí misma).

Aunque el banco argumentó que el cliente ingresó las coordenadas de forma voluntaria y que su actuar fue diligente, el máximo tribunal descartó esta postura por considerar que los sistemas de prevención del fraude no funcionaron correctamente. “No se trata de una llamada telefónica o de una conversación a través de algún sistema de comunicaciones electrónicas (...) sino del sitio web del banco con posterioridad a la realización de los trámites de verificación de identidad del cliente ”, advirtió el fallo.

Síguenos en Google News

Síguenos en Google News

Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp

Suscríbete al WhatsApp

Contenidos relacionados

Total
0
Compartir