Le robaron su auto del Arauco Maipú: Corte condenó al mall a pagar indemnización

La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó a Parque Arauco S.A. por robo de vehículo y deficiencias de seguridad.
Foto generada con IA

La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó al centro comercial Parque Arauco S.A. por el robo de un vehículo desde los estacionamientos de su complejo en Maipú, ocurrido en noviembre de 2016.

La demanda, interpuesta por el propietario del automóvil, planteó cuestionamientos sobre la seguridad en estos recintos y la responsabilidad de la empresa en la protección de los bienes de los clientes.

El fallo unánime, emitido por la Cuarta Sala del tribunal de alzada, confirmó la decisión del 10° Juzgado Civil de Santiago, que ordenó a Parque Arauco S.A. pagar una indemnización de $2.137.449 por concepto de daño emergente. La sentencia reafirma que la empresa comercial fue "administradora de hecho" del estacionamiento, aunque formalmente estuviera a cargo de una sociedad específica.

La resolución judicial destacó la existencia de un contrato de estacionamiento entre el demandante y el centro comercial, subrayando el incumplimiento de las obligaciones de seguridad por parte de Parque Arauco.

Corte cuestionó medidas de seguridad del mall

Según el cliente afectado, su vehículo fue robado mientras realizaba compras en el mall, sufriendo daños significativos posteriormente al ser utilizado en la comisión de otro delito.

El demandante detalló los hechos que llevaron a la demanda. Según el relato, el día del robo, al regresar al estacionamiento, el vehículo ya no estaba en el lugar donde lo había dejado. Tras denunciar el incidente a los guardias de seguridad y a Carabineros, se enteró de que su automóvil había sido utilizado en otro delito y posteriormente encontrado con serios daños.

Además de los daños materiales, el cliente sufrió angustia y molestias debido a la situación, así como la imposibilidad de utilizar su vehículo durante un período prolongado.

El fallo sostiene que "entre la hora en que fue estacionado y la de su retiro (del auto) por terceros pasaron escasos minutos, situación ‘anómala’ como lo relata un testigo, lo que no fue advertido por los guardias de seguridad, quienes debían estar atentos a circunstancias que se apartaran de la normalidad".

La sentencia también destacó las deficiencias en las medidas de seguridad del estacionamiento del Mall Arauco Maipú, como la falta de cobertura de las cámaras de vigilancia en áreas clave y la ausencia de una respuesta adecuada por parte de los guardias de seguridad ante situaciones anómalas.

En esa línea, señala que "en la causa penal quedó acreditado que el móvil presentaba signos evidentes de fuerza en la puerta del conductor, es decir los delincuentes emplearon algún elemento para forzar la chapa y que los implementos tecnológicos de seguridad no estaban en condiciones de detectar y tampoco lo observaron los guardias que con sus sentidos vigilan en lugar".

En ese sentido, el fallo reafirmó la responsabilidad de Parque Arauco en la protección de los vehículos de sus clientes mientras se encuentran en sus instalaciones.

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