Ley de Protección del Empleo y acceso flexible al Seguro de Cesantía se extienden hasta el 6 de septiembre

Los empleadores podrán suscribir nuevos pactos de la Ley de Protección del Empleo, con un máximo de 18 giros.

Tras la publicación en el Diario Oficial del Decreto Supremo N°930 de los ministerios de Hacienda y del Trabajo y Previsión Social, se anunció la extensión de la vigencia de la Ley de Protección al Empleo y la Ley de Acceso Flexible al Seguro de Cesantía por tres meses adicionales. Es decir, hasta el próximo 6 de septiembre de 2021.

De esta manera, en atención a las actuales condiciones sanitarias y la situación del mercado laboral, se mantendrá vigente la opción de suspensión laboral, así como los distintos beneficios contemplados en la Ley de Protección del Empleo.

Adicionalmente, se extenderá la flexibilización transitoria de los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía y la alternativa de retiro total de saldo de la Cuenta Individual de Cesantía, CIC.

Ley de Protección del Empleo: Empleadores pueden suscribir nueva suspensión

Vigente desde el 6 de abril de 2020, la Ley de Protección del Empleo busca proteger la fuente laboral de los trabajadores cuyas empresas se han visto afectadas por las restricciones sanitarias, permitiéndoles acceder a las prestaciones y complementos del Seguro de Cesantía, manteniendo su contrato bajo suspensión.

Con la extensión de la vigencia de esta ley hasta al 6 de septiembre, los trabajadores que se encuentren en su último mes de suspensión laboral, solo podrán recibir nuevos pagos con cargo al Fondo de Cesantía Solidario si su empleador vuelve a suscribir la suspensión.

Para realizar dicho trámite, los empleadores deben ingresar al sitio pactos.afc.cl, teniendo en cuenta que si la suspensión es por acto de autoridad (empresas con funcionamiento restringido por el plan Paso a Paso) o por Ley de Crianza Protegida (cuidado personal de niños/as nacidos desde 2013), el límite total de la prestación con cargo al Fondo de Cesantía Solidario será de 18 giros. Asimismo, si la suspensión es por mutuo acuerdo, el límite con cargo a ese fondo es de siete giros. 

Una vez ingresada la solicitud, tanto el empleador como el afiliado serán notificados por AFC Chile, informándoles de su resultado y las fechas de pago. 

La renovación de la suspensión laboral será válida siempre y cuando el trabajador no se haya reincorporado a sus funciones. Desde la AFC recordaron que el empleador es personalmente responsable de la veracidad de las declaraciones emitidas, exponiéndose a sanciones penales y multas en caso de incumplimiento. 

También extienden acceso flexible al Seguro de Censantía

La ampliación de la vigencia de la Ley de Acceso Flexible hasta al 6 de septiembre extenderá la flexibilización de los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía, como también las mejoras en las prestaciones de esta normativa y de la Ley de Protección del Empleo

Los afiliados pueden tramitar su Seguro de Cesantía 100% en línea. Para ingresar a la Sucursal Virtual en www.afc.cl, solo deben contar con su clave de acceso de AFC o Clave Única del Registro Civil.

Bajo esta ley, pueden acceder al Seguro los afiliados en condición de cesantía con al menos 3 cotizaciones seguidas antes del término de su relación laboral o con 6 cotizaciones en los últimos 12 meses (las dos últimas deben ser continuas con el mismo empleador). Además, deben presentar su finiquito firmado y ratificado u otro documento válido que acredite su cesantía, según el listado disponible en la web de AFC Chile.

En caso de que el afiliado esté cesante, tenga saldo en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y no tenga cotizaciones en al menos los últimos dos meses previos al trámite, podrá solicitar el retiro total de saldo CIC en el mismo sitio web, beneficio que también se extiende hasta el 6 de septiembre.

Para acceder, el afiliado podrá ingresar a la plataforma pactos.afc.cl/retirototalsaldo con su Clave Única, clave personal AFC, o solo con su RUT y el número de serie del documento. 


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