Condonación de deudas tributarias: Entra en vigencia nueva política con rebajas en intereses y multas

La nueva normativa permite acceder a rebajas con condiciones más flexibles para que los contribuyentes puedan regularizar sus obligaciones tributarias.
Servicio de Impuestos Internos
Foto: Archivo

Desde el pasado 18 de junio comenzó a regir una nueva política de condonación de intereses y multas para contribuyentes con deudas tributarias. La medida busca facilitar la regularización de obligaciones pendientes con condiciones más flexibles y menos costosas.

Esta iniciativa se ajusta al artículo 207 del Código Tributario y establece criterios que deberán aplicar de manera conjunta el Servicio de Impuestos Internos (SII) y la Tesorería General de la República (TGR) para promover el cumplimiento tributario.

Según el reglamento publicado en el Diario Oficial, la condonación se aplicará sobre el incremento de los intereses correspondiente al 3,5% establecido en el artículo 53 del Código Tributario.

De esta forma, el beneficio se otorgará considerando la antigüedad del giro, es decir, el tiempo transcurrido desde la emisión de la deuda tributaria.

Tramos de condonación según antigüedad

Para calcular la antigüedad del giro, se considerará desde el mes calendario en que fue emitido. En el caso de las deudas por contribuciones de bienes raíces, el cálculo comenzará desde el mes siguiente al vencimiento de la cuota correspondiente.

Antigüedad del giroCondonación de intereses (spread 3,5%)Condonación de multas
1 a 3 meses75%70%
4 a 12 meses55%50%
13 a 18 meses30%30%
19 a 24 meses15%20%
Más de 24 meses0%0%

Beneficio extra por pago total

La normativa también contempla un beneficio adicional para quienes paguen la totalidad de sus deudas tributarias.

En esos casos, podrán acceder a un 5% extra de condonación sobre los intereses incrementales, siempre que la deuda corresponda a más de un folio y ninguno tenga una antigüedad superior a 24 meses. Este beneficio adicional deberá gestionarse exclusivamente a través de la TGR.

Los contribuyentes pueden pagar sus deudas y acceder automáticamente a la condonación a través de los sitios web del SII y la TGR, siempre que no estén afectos a alguna causal de exclusión.

En caso de solicitar tasas de condonación superiores a las establecidas como regla general, será necesario realizar una gestión directa ante la Tesorería.

Para deudas asociadas a infracciones o multas sin base de impuestos, o recargos no imputables al contribuyente, el trámite deberá realizarse ante el SII, ya sea de forma presencial mediante el Formulario 2667 o a través de una petición administrativa en su sitio web.

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