La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó este lunes las modificaciones a la norma que obligaba a los bancos a eliminar las tarjetas de coordenadas como mecanismo de autenticación, permitiendo que grupos específicos de clientes puedan seguir usándolas después del 1 de agosto de 2026, fecha en que entra en vigencia la exigencia de autenticación reforzada.
La decisión responde a una preocupación concreta: cientos de miles de personas que usan únicamente la tarjeta de coordenadas para operar en sus cuentas habrían quedado impedidas de realizar transferencias y otros pagos electrónicos si el cambio se aplicaba sin excepciones.
Según cifras reportadas por los propios emisores a la CMF, a marzo de 2026 había 2.327.050 tarjetas de coordenadas en uso activo.
De ellas, 716.008 clientes las usaban como su único mecanismo de autenticación, y más del 43% de ese grupo correspondía a adultos mayores.
¿Quiénes podrán seguir usando la tarjeta de coordenadas?
La actualización a la norma establece que los bancos y emisores podrán mantener el uso de tarjetas de coordenadas para grupos de clientes que cumplan al menos uno de los siguientes criterios:
- Ser adulto mayor (desde los 60 años, según la Ley 19.828).
- Presentar una condición de salud deteriorada o de discapacidad.
- Tener dificultad para acceder a canales físicos de atención.
- Presentar incompatibilidad o indisponibilidad de dispositivos, como un teléfono inteligente que tenga los mecanismos de autenticación que exige la entidad.
Para quedar incluido en alguno de estos grupos, la institución financiera primero debe haber ofrecido al cliente soluciones alternativas. Solo si el cliente no las acepta, podrá incorporarse a la lista de excepción. Además, el banco deberá informarle los riesgos que implica seguir usando tarjetas de coordenadas.
Un punto clave: donde se use tarjeta de coordenadas, la autenticación no se considerará "reforzada", lo que significa que el banco asume mayor riesgo frente a eventuales operaciones no reconocidas.
Lo que cambiará para todos los clientes
Además de las excepciones por grupos, la modificación normativa introduce dos cambios que aplican de manera general.

Por una parte, las transferencias electrónicas entre cuentas de un mismo cliente en una misma institución quedan eximidas de autenticación reforzada.
En tanto, en los pagos recurrentes, la autenticación solo se exigirá en el momento en que el cliente ingresa la instrucción inicial, no en cada cobro posterior.
Los bancos y emisores que opten por establecer grupos de excepción deberán notificarlo a la CMF antes del 1 de agosto de 2026, informando el número de clientes incluidos. Luego deberán enviar actualizaciones semestrales.
Desde la CMF precisaron que esta excepción tiene carácter extraordinario y acotado: solo podrán incorporarse clientes que ya estén en la institución al momento de entrada en vigor de la norma, y no se aplicará a nuevos clientes que en el futuro presenten las mismas dificultades. El regulador subrayó que la industria debe seguir avanzando hacia mecanismos de autenticación más seguros.
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