CMF entra a regular la adquirencia transfronteriza y crea la figura de operadores sub-adquirentes

La nueva normativa incorpora la figura del sub-adquirente, regula la adquirencia transfronteriza y refuerza la supervisión sobre PSP y transferencias.

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó este miércoles una actualización normativa que redefine el funcionamiento de emisores y operadores de tarjetas de pago, a raíz de los ajustes realizados por el Banco Central de Chile al Compendio de Normas Financieras (CNF).

Las modificaciones entran en vigencia de forma inmediata y apuntan a fortalecer la transparencia, competencia e interoperabilidad en el ecosistema de pagos.

El marco legal incorpora nuevas figuras, como los operadores sub-adquirentes —figura a la que deberán acogerse los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que superen el 50% del umbral durante dos trimestres seguidos—, y regula operaciones internacionales de adquirencia, alineando la normativa chilena con la evolución del mercado de pagos minoristas.

“Los cambios reformulan la regulación de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) e incorporan dos nuevos modelos de negocio: adquirencia transfronteriza y sistemas de pago cerrados”, explicó el Banco Central al anunciar los cambios que dieron origen a esta adecuación.

Cambios en la regulación a los medios de pago

Entre los principales ajustes se encuentra la incorporación de requisitos contractuales para emisores y operadores que trabajen con PSP o sub-adquirentes, así como nuevas obligaciones en materia de prevención de lavado de activos (LA/FT) y debida diligencia (DDC).

La CMF exigirá que los emisores verifiquen que los proveedores de procesamiento cumplan con estándares mínimos y que las condiciones de los contratos establezcan con claridad la responsabilidad de cada parte.

Con esta normativa se regulará la adquirencia transfronteriza y crea la figura de operadores sub-adquirentes
Con esta normativa se regulará la adquirencia transfronteriza y crea la figura de operadores sub-adquirentes

Asimismo, se formalizó la figura del operador sub-adquirente, estableciendo límites operacionales, requerimientos de capital y exigencias para los contratos con emisores y comercios.

Además, se reguló por primera vez la adquirencia transfronteriza, es decir, la posibilidad de afiliar comercios en el extranjero que acepten tarjetas emitidas en Chile. Las entidades que deseen operar bajo este modelo deberán entregar información periódica a la CMF, acreditar el cumplimiento de la regulación extranjera aplicable y contar con medidas para mitigar riesgos cambiarios.

"Implicará la entrega de información periódica a la CMF sobre el número de entidades afiliadas en el exterior, así como una serie de antecedentes que acrediten que dicha actividad se encuentra conforme con el derecho y la regulación extranjera que le resulte aplicable, como presupuesto a su autorización. A lo anterior se suma la gestión del riesgo cambiario y el cumplimiento de un capital mínimo para la figura del Operador Sub-adquirente, ya sea tenga o no adquirencia transfronteriza", señaló la CMF en el informe normativo.

También se introdujeron ajustes técnicos en la fórmula de reserva de liquidez de emisores de tarjetas con provisión de fondos y se reforzó el marco sobre transferencias electrónicas de fondos (TEF), particularmente en relación con la interoperabilidad entre cuentas de diferentes emisores.

Otra novedad de la normativa es que se actualizó el listado de actividades complementarias que pueden realizar los operadores de medios de pago.

Podrán ofrecer servicios de reportería, conciliación y cuadratura de caja; emisión de facturas y boletas para las transacciones con cualquier medio de pago; recaudación de pagos con medios de pago electrónicos por cuenta de terceros y procesamiento, incluyendo la emisión de bonos o vouchers; y servicios de consultoría para el análisis de transacciones para prevención de fraude, lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

Mayor supervisión y obligaciones para la industria

La CMF reforzó los deberes de información de los actores del sistema, actualizando los archivos normativos y extendiendo la obligación de notificar infracciones como el incumplimiento de pagos o reembolsos. Además, perfeccionó los mecanismos de reportería para mejorar la fiscalización del ecosistema, incluyendo estadísticas sobre operaciones transfronterizas y monitoreo de entidades nuevas como los sub-adquirentes.

“Para la CMF, la incorporación de estos elementos significará costos adicionales de regulación, supervisión y monitoreo”, detalló el informe normativo. Esto incluye la revisión de antecedentes en jurisdicciones extranjeras, intercambio de información con reguladores foráneos y validación de requisitos de capital ajustados por riesgo cambiario.

Por su parte, los emisores deberán implementar procedimientos que aseguren que sus tarjetahabientes puedan realizar pagos y transferencias a otras cuentas, incluso de otros emisores o instituciones financieras. La normativa también prohíbe el uso de datos administrativos por parte de terceros fuera del alcance permitido por ley, protegiendo la información de los usuarios.

La nueva normativa es el resultado de un proceso de consulta pública que se extendió entre diciembre de 2024 y febrero de 2025, en el que participaron 23 entidades y gremios. A partir de los comentarios recibidos, la CMF ajustó algunos elementos de la normativa que finalmente se dio a conocer esta semana.

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