SII obligará a operadores de POS a retener el 19% de las ventas a quienes no tengan iniciación de actividades

La circular busca restringir a contribuyentes sin inicio de actividades y aplicará retenciones de IVA en pagos electrónicos si no cumplen con sus obligaciones.
Ilustración realizada con IA

El Servicio de Impuestos Internos (SII) lanzó una circular en consulta pública —que cierra este jueves 24— que endurece los requisitos para operar en plataformas digitales y con medios de pago electrónicos.

La propuesta obliga a que quienes acepten pagos con tarjetas o vendan en plataformas online acrediten haber realizado el trámite de inicio de actividades. En caso contrario, los operadores y adquirentes deberán aplicar una retención del 19% del valor neto de la operación, como mecanismo de control tributario.

Esta nueva normativa busca reforzar las facultades de fiscalización del SII. La idea es establecer un mayor control sobre los contribuyentes que aún no formalizan su situación tributaria.

“El incumplimiento reiterado de las obligaciones tributarias activará un mecanismo de retención obligatorio por parte de los operadores de medios de pago o plataformas digitales”, establece el texto. El monto retenido, que se considerará como un impuesto, deberá ser declarado y enterado en arcas fiscales a través del Formulario 29, sin posibilidad de usarlo como crédito fiscal de IVA.

Fin a la informalidad con tarjetas

Uno de los focos centrales de la norma apunta a los contribuyentes que, sin haber declarado inicio de actividades, ya aceptan pagos electrónicos, como transferencias a través de links de pago, tarjetas de débito y crédito, o billeteras digitales.

El objetivo del SII es evitar que se generen ingresos sin tributar el Impuesto al Valor Agregado (IVA), práctica que se ha masificado en la economía informal.

Según el texto, los operadores de tarjetas —como bancos, fintechs, adquirentes y empresas de POS— “deberán exigir que las personas o entidades que contraten sus servicios acrediten el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”. Si no lo hacen, tendrán que retener el 19% del monto vendido.

Esta obligación también aplicará a marketplaces como Uber Eats, Rappi, Mercado Libre y otras plataformas de intermediación digital que conectan a compradores con vendedores.

Dichas plataformas deberán reportar al SII de forma anual las operaciones realizadas por quienes declaren no requerir inicio de actividades, incluyendo montos y cantidad de transacciones.

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