Pomelo obtiene licencia de la CMF para emitir tarjetas de prepago en Chile

La autorización permitirá que empresas y fintechs lancen tarjetas prepago utilizando la infraestructura y las licencias de la compañía.
Foto: Bernie_photo y CMF

Pomelo obtuvo la autorización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para operar como emisor de tarjetas prepago no bancarias en Chile. Hasta ahora, la compañía operaba en el mercado chileno como procesador de pagos.

Con esta licencia, podrá actuar como emisor de tarjetas de pago con provisión de fondos. De hecho, la idea es ofrecer a terceros la posibilidad de lanzar tarjetas de prepago utilizando su infraestructura tecnológica y regulatoria.

“Esto cambia el juego para todas las empresas que quieren operar en el mercado chileno ya que no necesitan armar equipos de compliance o esperar e invertir años en autorizaciones. Nosotros nos ocupamos de lo regulatorio mientras ellos se enfocan 100% en su producto", afirmó Santiago Witis, Country Manager de Pomelo en Chile.

Santiago Witis, Country Manager para Argentina y Chile en Pomelo
Santiago Witis, Country Manager Chile en Pomelo (Foto: Argentina Fintech Forum)

Con Chile, Pomelo completó las licencias regulatorias necesarias para operar en los mercados de América Latina donde mantiene presencia.

El alcance de la CMF en su resolución

En la resolución exenta que conocede a Pomelo su licencia, la CMF recordó a Pomelo su obligación de identificar en la oferta de la tarjeta como en sus servicios relacionados, el nombre del emisor autorizado por el organismo.

Esto, ya que reconoce que "la tarjeta será ofrecida y operada a través de una plataforma dispuesta por otro oferente, de servicios no fiscalizados", considerando el modelo de negocios que informó el emisor.

La idea es que "resulte inequívoco para el público en general que dicha sociedad (Pomelo) es la que, conforme a la ley, puede captar fondos del público, en razón de la autorización otorgada para tal efecto (...) y obedece a la importancia que le atribuye esta Comisión al cumplimiento de las disposiciones relacionadas con la captación de fondos, y a la obligación que recae sobre los supervisados de precaver que sus clientes tengan un debido entendimiento respecto de los productos y servicios que contraten, así como el responsable de estos".

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