Recientemente, han ganado popularidad en redes sociales una serie de videos promocionales de personas que comercializan “MPG-CAPS”, unas cápsulas que prometen mejorar el rendimiento de los vehículos. Sin embargo, hasta ahora no se ha presentado evidencia que respalde sus supuestas propiedades.
La publicidad destaca que las MPG CAPS son ”la solución revolucionaria que potencia tu motor, aumentando los niveles de octanaje y optimizando el ahorro de combustible”. Se comercializan en formatos de 5 pastillas, con un valor entre los $24.990 y los $35.000.
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De hecho, es posible encontrar cuentas haciendo llamados a ser distribuidores de este producto, no solo en Santiago, sino que también en ciudades como Temuco y Ovalle.
Estas cápsulas estarían siendo distribuidas en el país a través de una empresa multinacional llamada “Bydzyne”, que, si bien tiene su origen en Estados Unidos, opera en distintos países del mundo.
Ante esta situación, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) oficiará a la plataforma de comercio electrónico para requerir información detallada sobre las condiciones de venta, la publicidad asociada y el cumplimiento de las normativas.
Lo que se sabe de las cápsulas MGP CAPS
El modelo de comercialización de este producto es conocido como Marketing Multinivel (MLM), en el que los vendedores o “asociados” son retribuidos no solo por las ventas que realizan, sino también por las efectuadas por los individuos que forman parte de su estructura organizativa o red.
Ante esto, el organismo fiscalizador emitió un llamado a tener precaución con las plataformas de ventas MLM, ya que, en algunos casos, este tipo de modelos de negocios podría formar parte de esquemas "ponzi" o estafas piramidales
Respecto a la venta de las cápsulas, la empresa incluye un descargo de responsabilidad en su sitio web, donde indica que “no recomendamos ni respaldamos a ningún profesional, pruebas, productos, procedimientos, opiniones u otra información específica que pueda mencionarse en el Sitio”, lo que evidentemente contradeciría el principio de comprobabilidad en la ley del consumidor vigente.
De hecho, además de no proporcionar sustento técnico a las aseveraciones ni mayores especificaciones sobre el producto ni el proveedor, -como exige el Reglamento de Comercio Electrónico-, aseguran que la compra es “no reembolsable”, indicando claramente una contradicción con el derecho a retracto o garantía por falla.
Solo adquirir productos en el comercio establecido
Desde el SERNAC indicaron que, en el caso particular de accesorios o insumos de mantención para el mantenimiento o mejora del vehículo, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un especialista.
Es fundamental que las personas no incorporen ni añadan productos no probados o sin sustento, ya que podrían dañar el vehículo o provocar un accidente debido a una falla en el automóvil.
Asimismo, es crucial que los consumidores evalúen críticamente la publicidad y no se dejen llevar por promesas que parecen “demasiado buenas para ser verdad”. El organismo instó a a las personas a realizar compras solo en el comercio establecido, lo que asegura un respaldo legal en caso de incumplimientos y garantiza la calidad y seguridad de los productos.
Por otro lado, todo consumidor que sufra daños por un producto que no cumpla con lo prometido, o que no cuente con los permisos correspondientes, tiene derecho a exigir las indemnizaciones pertinentes.