¿Adiós FyF 2.0? Superintendencia de Pensiones ordena a Aridum suspender asesorías de Cuenta 2

La Superintendencia de Pensiones argumentó que Aridum, que ofrece asesorías para obtener utilidades en la Cuenta 2, no tiene autorización para ofrecer este tipo de asesorías previsionales.
Finalizó el retiro del 10% de las AFP

La Superintendencia de Pensiones (SP) instruyó a la sociedad Aridum Asesorías e Inversiones SpA (Aridum) la suspensión inmediata de su servicio de asesoría financiera previsional relacionada con la Cuenta de Ahorro Voluntario, comúnmente conocida como Cuenta 2.

La decisión se fundamenta en que Aridum no cuenta con la debida autorización para llevar a cabo dicha actividad, señaló el regulador.

La decisión se tomó el viernes pasado, y según señaló la superintendencia, conlleva la eliminación de todos los contenidos sobre asesoría financiera previsional publicados en el sitio web de Aridum, así como en sus redes sociales y cualquier otro medio o plataforma en los que la entidad, su sociedad, accionistas o trabajadores estén operando.

Según explicó el organismo, la medida se ampara en las facultades de fiscalización que posee la Superintendencia en el marco de la Ley N° 21.314, publicada el 13 de abril de 2021. Dicha ley establece nuevas exigencias de transparencia y refuerza las responsabilidades de los agentes de mercado, al mismo tiempo que regula la asesoría previsional colectiva. La legislación fue discutida y promulgada tras la polémica que generaban las actividades de asesoría previsional que realizaba Felices y Forrados.

Aridum no forma parte del Registro de Asesores Financieros Previsionales, que es fiscalizado conjuntamente por la Superintendencia de Pensiones y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).

AFP Capital se querelló hace unos días por una presunta estafa masiva con “utilidades instantáneas sin riesgo” en cuentas de ahorro voluntario. Posteriormente, el 18 de octubre la Superintendencia impartió instrucciones a las administradoras de fondos de pensiones (AFP) en materia de acreditación de recaudación de cotizaciones, depósitos y aportes, así como respecto del retiro de fondos de cuentas personales.

Además, el regulador reiteró a las AFP sus obligaciones fiduciarias y la responsabilidad legal que tienen en la revisión de las operaciones realizadas de depósito y retiro de recursos desde los fondos de pensiones, junto con la debida diligencia continua que deben ejercer para resguardar las finalidades y objetivos del sistema de pensiones.


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