SERNAC inicia procedimiento voluntario colectivo contra Inmobiliaria Pacal tras detectar faltas a la Ley del Consumidor

El SERNAC inició un Procedimiento Voluntario Colectivo contra la Inmobiliaria Pacal, luego de detectar faltas que han afectado a los clientes.

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) inició un Procedimiento Voluntario Colectivo contra la empresa Inmobiliaria Pacal, luego de detectar varias faltas que han afectado a los consumidores y que tienen su origen en la demora en la entrega de viviendas de una serie de proyectos a lo largo de Chile.

La investigación realizada por la entidad, comenzó tras recibir múltiples reclamos de parte de los clientes. Entre el año 2021 y hasta julio de este año, el organismo obtuvo 2.110 quejas de usuarios que acusan una gran cantidad de incumplimientos cometidos por la compañía.

La mayoría de los alegatos, se debe al cambio unilateral del plazo de entrega de las propiedades y excesivas tardanzas en la devolución de la reserva pagada después de desistir de la compra por dicha razón.

La Inmobiliaria Pacal, presenta atrasos en al menos seis proyectos en el país, en cuatro de los cuales el promedio de retraso llega a casi un año. Se trata de los proyectos Condominio Cumbres, Portal de Azapa I, Portal de Azapa II, Parque Canteras, Vista San Francisco II y Cumbres de Miramar V.

Frente a los aplazamientos de la entrega de la vivienda y al no haber un plazo específico para la recepción final, muchos consumidores renunciaron a la adquisición, solicitando a la Inmobiliaria Pacal el reembolso del dinero pagado, para así poder comprar su vivienda a través de otra inmobiliaria. 

No obstante, de acuerdo a la información proporcionada por la propia firma al SERNAC durante la investigación, actualmente existen 1.506 personas con restituciones pendientes, lo que implica un monto de 109.238 UF, esto es, $3.736.023.151.

El Procedimiento Voluntario Colectivo emitido por el SERNAC

El SERNAC, por medio de un Procedimiento Voluntario Colectivo, busca que la empresa entregue una solución rápida y adecuada a todos los consumidores que se han visto afectados por la situación. Considerando que los intereses de los clientes son diferentes, la respuesta que espera la entidad, es que sean las propias personas quienes elijan la alternativa que más les convenga. 

Por ejemplo, si el usuario determina seguir con el proyecto inmobiliario que se encuentra atrasado, Inmobiliaria Pacal deberá proporcionar una fecha concreta y específica para la entrega del proyecto.

Si los consumidores abandonaron la adquisición, el SERNAC exigirá a la firma que devuelva el dinero en un plazo acotado, con los ajustes e intereses correspondientes. Dicha medida, también aplicará a los que desistan y decidan solicitar la reposición del monto a futuro. 

Adicionalmente, con el fin de evitar que este tipo de situaciones se repitan, la institución solicitará a la Inmobiliaria Pacal una serie de medidas que permitan el cese de esta conducta. En ese contexto, todos los compromisos serán monitoreados y auditados, con el objetivo de verificar su cumplimiento. 

Reclamos recibidos por el SERNAC al mercado inmobiliario

El año pasado, el SERNAC recibió 7.329 quejas en contra del mercado inmobiliario. Los motivos más habituales, se refieren a problemas contractuales (23%), como faltas a las condiciones contratadas. Luego, aparecen los inconvenientes relacionados a la calidad de las viviendas entregadas, con un 11% y, en tercer lugar, dificultades para terminar los contratos, con un 7,5%. 

Al analizar el volumen de las firmas inmobiliarias más reclamadas, sin considerar participación de mercado, Inmobiliaria Pacal lidera, con un 26% de los alegatos. Los productos que concentran las quejas son los departamentos, con 42%, las casas con 33%, los estacionamientos con 16% y las reparaciones inmobiliarias con un 6%.

Al observar las respuestas a los reclamos, un 38% de los casos fueron respondidos favorablemente por las compañías y un 31,6% no fueron acogidos de manera conveniente, mientras que un 30,5% ni siquiera fueron contestados por las empresas.

El SERNAC emitió recientemente una Circular Interpretativa sobre “contratos preparatorios en el mercado inmobiliario”, que busca establecer la aplicación de la Ley del Consumidor en los contratos preparatorios que se suscriben en el marco de la adquisición de una vivienda.

A través de dicho documento, el organismo interpreta que la mencionada normativa es aplicable a los acuerdos preparatorios que se adhieren al mercado inmobiliario. Entre los más recurrentes, destacan las reservas de inmuebles y los pactos de promesa de compraventa, incluyendo las denominadas “compras” en blanco y en verde.

En este contexto, se indica que las firmas tienen que respetar lo que la Ley del Consumidor establece. De lo contrario, se arriesgan a que el SERNAC, mediante sus facultades, ejerza las acciones de protección que la propia norma le otorga.


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