Ley de Fraudes: Casos se disparan y crecen un 140% en el primer semestre de 2023

Durante el primer semestre de 2023, se registraron más de 109 mil casos, destacando un notable aumento de fraudes en las transacciones en cajeros automáticos.
Estadísticas de ley de fraudes del primer semestre de 2023

Durante el primer semestre de 2023, se registraron 251.480 casos de fraudes bancarios relacionados con cobros no reconocidos en cuentas o medios de pago de los clientes de 11 principales bancos del país, de acuerdo a las cifras publicadas por las entidades financieras en el marco de la Ley de Fraudes.

En esta oportunidad, se registró un alza de un 139,98% en la cantidad de usuarios que fueron víctimas de fraudes bancarios respecto del primer semestre de 2022. Entre enero y julio de 2022, se habían informado 109.914 afectados.

Cabe recordar que la Ley de Fraudes establece la limitación de responsabilidad de los usuarios ante casos de extravío, hurto, robo o fraude por usos no autorizados de medios de pago, como tarjetas, transferencias electrónicas, cajeros automáticos y otros canales. Junto con ello, existen plazos para anular los cobros o restituir el dinero de los clientes. En caso de dolo o culpa grave del usuario, son las propias entidades las que deberán acreditarlo ante tribunales.

Los bancos con la mayor cantidad de usuarios afectados fueron BancoEstado, entidad que informó 123.831 casos en el primer semestre de este año. Le siguen Banco de Chile (31.157) y Banco Santander (29.978).

En lo que respecta a las operaciones, el crecimiento en los reclamos de fraude estuvieron impulsados por las transacciones en cajeros automáticos, pasando de 2.647 a 17.467, con una variación de 559,8%. Por cantidad le siguieron los requerimientos asociados a tarjetas de débito, que pasaron de 33.953 a 125.419 (269%), y las transferencias electrónicas, de 7.444 a 26.541 (256%).

Banco BICE fue la única entidad que no reportó requerimientos relacionados con transacciones en cajeros automáticos. Chócale consultó a la entidad para confirmar si esa información estaba correcta o si hubo un cambio en el criterio de categorización. Al cierre de esta nota, el banco no había respondido a la consulta de este medio.

Casos totales de fraude aumentan de forma explosiva

La entidad con mayor número de fraudes fue BancoEstado, con 123.831 usuarios afectados. Se trata de un aumento de 841,5% respecto del mismo periodo del año anterior. En el primer semestre de 2022 la entidad tuvo 13.152 casos.

Las cifras se explican por el alza de los casos relacionados con transferencias bancarias. Estos aumentaron de 424 en el primer semestre de 2022, a 17.011 en los primeros seis meses de 2023. Asimismo, hubo un crecimiento de fraude de las transacciones en cajeros automáticos, de 539 a 13.790. A esto se le suma un incremento en los requerimientos por tarjeta de débito de un 928%, llegando a 86.140 reportes de este tipo.

Al momento de analizar estos datos, es importante tener en cuenta que BancoEstado posee más de 14,2 millones de clientes con Cuenta RUT, lo que lo convierte en la entidad bancaria con mayor participación en el mercado de las tarjetas de débito en nuestro país, con un 53,6%.

También sorprende el aumento en la cantidad de casos de fraude en Banco BICE (219,9%), Scotiabank (82,9%) y Banco de Chile (63,9%).

En lo que respecta a las cantidades de dinero involucradas en fraudes bancarios, BancoEstado fue la institución que tuvo el mayor monto con $23.063 millones. Luego le sigue Banco Santander, el cual llegó a un total de $15.103 millones.

En total, durante el primer semestre del 2023, el monto acumulado al sumar todos los bancos es de $73.191 millones. Esta cifra representa un aumento de un 29,2% en relación con el primer semestre de 2022, periodo en el que el monto fue de $56.620 millones.

Tiempos de demora en respuesta de los bancos ante los fraudes

Con la Ley de Fraudes —que entró en vigencia en mayo de 2020—, las entidades financieras tienen un plazo de 5 días hábiles para casos por montos menores a 35 UF ($1.261.961 aprox.) para la cancelación de los cargos o restitución de los fondos. Si la cifra es superior a 35 UF, este plazo se extiende a 7 días hábiles.

Si dentro de ese plazo el emisor recopiló antecedentes que podrían acreditar la existencia de dolo o culpa grave por parte del usuario de estos productos, podrá ejercer acciones legales. La carga de prueba para establecer la responsabilidad del cliente ahora recae en la entidad financiera.

En el caso de montos menores a 35 UF, BancoEstado, Banco Itaú, Banco Ripley y Scotiabank registraron un tiempo de respuesta promedio de 3 días. Con respecto al tiempo de respuesta para montos mayores a 35 UF, Banco Itaú y Security fueron los más rápidos, con un promedio cercano a 3 días. En la vereda opuesta, el Banco Internacional informó un plazo promedio de 12 días para entregar una respuesta.

¿En qué consiste la Ley de Fraudes?

La Ley 21.234, conocida como Ley de Fraudes, consistió en una modificación a la Ley 20.009. La iniciativa estableció la limitación de la responsabilidad del usuario de medios de pago y transacciones electrónicas ante el caso de extravío, hurto, robo o fraude.

Esta ley aplica para usuarios de tarjetas de crédito, débito y prepago emitidas y operadas por entidades que están bajo la fiscalización de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y a la regulación del Banco Central de Chile. La legislación también considera a las tarjetas emitidas por entidades que no son fiscalizadas ni reguladas por la autoridad.

Con esta normativa, los usuarios deben informar lo antes posible ante el emisor la ocurrencia de alguna situación de mal uso de sus cuentas o medios de pago, a través de canales de atención que deberán estar disponibles las 24 horas del día durante todo el año. Posteriormente, las entidades deberán restituir los montos o anular los cargos que han sido objetados por el usuario.

Junto con el aviso, las entidades deben proceder al bloqueo del medio de pago. El reclamo podrá incluir operaciones realizadas en los 120 días anteriores a la fecha de aviso.

Las entidades bancarias tienen un plazo de 5 o 7 días hábiles, dependiendo si el monto es menor o superior a las 35 UF, respectivamente, para la cancelación de los cargos o restitución de los fondos.

Adicionalmente, la ley obliga a las entidades financieras a bloquear todos los medios de pago inactivos. Esto sucede cuando transcurren más de 12 meses consecutivos sin que el producto financiero sea utilizado.


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