La Ley Pro-Consumidor, promulgada en diciembre de 2021, busca proteger los intereses de los consumidores y corregir las asimetrías del mercado. Entre sus disposiciones, prohíbe la oferta de créditos en recintos educacionales para combatir el endeudamiento histórico de los estudiantes con instituciones financieras.
Sin embargo, la Organización de Consumidores y Usuarios (ODECU) asegura haber detectado prácticas cuestionables por parte del Banco de Chile al ofrecer productos financieros a estudiantes de pregrado, lo que -a juicio de ODECU- podría contravenir la mencionada ley.
“En el mismo artículo 1 de la ley, se prohíbe el ofrecimiento de créditos en recintos de educación superior. Aun cuando pueda argumentarse que las tarjetas de crédito no es un crédito propiamente tal, sí es un vehículo a ello, por lo que nos parece un aprovechamiento de la legislación”, señaló Stefan Larenas Riobó, presidente de ODECU.
Además, Larenas acusó que la entidad mantiene acuerdos con centros de estudiantes, contraviniendo el espíritu de la Ley Pro-Consumidor.
La organización informó que está recopilando información sobre estas prácticas del Banco de Chile y otros casos en distintas instituciones educativas. ODECU anticipó que presentará los antecedentes a todas las partes responsables en esta situación.
Larenas concluyó con un llamado a la acción: “Las instituciones educacionales y sus responsables deben poner atención a esta situación. Conocen la ley, conocen los límites, y no es posible que esto suceda. También es necesario que la autoridad se haga presente para evitar un problema lamentable de endeudamiento juvenil con instituciones crediticias”.
Chócale consultó a Banco de Chile sobre la denuncia realizada por ODECU. Sin embargo, la entidad declinó realizar comentarios.
¿Qué dice la ley al respecto?
El Artículo 17 N de la Ley del Consumidor (19.496) establece que “en las instituciones de educación superior no podrá ofrecerse la celebración de contratos de operación de crédito de dinero, que no tengan relación con el financiamiento de contratos de prestación de servicios educacionales”.
La norma formó parte de un paquete de medidas que forma parte de la Ley Pro-Consumidor (21.398), que fue promulgada en diciembre de 2021.