CMF multó a BancoEstado por no restituir dinero a clientes afectados por fraudes

Se trata de una multa de 4.000 UF por infracción a la Ley de Fraudes y por incumplimiento de las instrucciones impartidas por la CMF.
Sucursal de BancoEstado en María Pinto

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó la decisión de sancionar a BancoEstado con una multa de UF 4.000 ($141.190.920 aprox.) por infracción “grave y reiterada” a la Ley de Fraudes y por incumplimiento de las instrucciones impartidas por la CMF en esta materia.

Según señala la resolución, luego de un procedimiento sancionatorio instruido por la Unidad de Investigación de la Comisión, se identificaron 488 casos en que Banco Estado no dio curso a las respectivas cancelaciones o restituciones en el plazo legal, desconociendo la naturaleza de su obligación. Esta debió operar de forma irrestricta dentro del plazo de 5 días contados desde la fecha del reclamo.

De acuerdo con la resolución, se trata de una “infracción grave y reiterada” por parte de la entidad estatal, e incluso asegura que “retardó meses en ejecutar las respectivas cancelaciones de los cargos o restituciones de los fondos, lo que implica que excedió con creces el plazo legal para así hacerlo”.

También se acreditó que Banco Estado no cumplió las instrucciones de la CMF al no publicar en su sitio web, en un plazo de 15 días hábiles, la información semestral de casos afectados por extravío, hurto, robo o fraude en tarjetas de pago o transacciones electrónicas, según lo dispone el artículo 11 de la Ley N° 20.009.

“Ha de estimarse grave la circunstancia que la investigada haya desobedecido una instrucción directa de este supervisor, dado que no publicó en su sitio electrónico el número de casos afectados por extravío, hurto, robo o fraude en tarjetas de pago o transacciones electrónicas según lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N°20.009, dentro del plazo de 15 días hábiles, retardando meses en así hacerlo”, señala la resolución.

Además, el informe de la CMF sostiene que BancoEstado puso en riesgo el correcto funcionamiento del mercado financiero, ya que “obstaculizó que los usuarios obtuvieran las respectivas cancelaciones o restituciones dentro de 5 días de formulado el reclamo”.

En ese sentido, sostiene que “los intereses de los usuarios y la confianza depositada por éstos en el correcto funcionamiento de las entidades bancarias y emisoras de tarjetas de pago, fue pasada por alto”. Además, sostiene que existió “desobediencia” las instrucciones de la CMF.

¿Qué dice la Ley de Fraudes?

La ley establece limita la responsabilidad para titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas ante casos de extravío, hurto, robo o fraude, señalando que las instituciones financieras deberán proceder a cancelar los cargos realizados o restituir los fondos de operaciones en que el usuario desconozca haber otorgado su autorización o consentimiento.

Esto debe ocurrir dentro de 5 días hábiles contados desde la fecha en que el usuario realizó el reclamo en la institución financiera y en aquellos casos en que el monto total reclamado sea igual o inferior a 35 Unidades de Fomento ($1.235.421 aprox.)

Si el monto reclamado es superior a esa cifra, el emisor deberá proceder a la cancelación de los cargos o a la restitución de los fondos, según corresponda, por un valor de 35 UF en igual plazo.

Para el monto restante, el emisor tendrá 7 días adicionales para cancelarlos, restituirlos al usuario, o ejercer acciones ante el juez de policía local, debiendo notificar al usuario la decisión que adopte.


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