Empresas de telefonía limitarán el SPAM de llamadas promocionales

Movistar, Entel, Claro, VTR y GTD firmaron un protocolo de acuerdo para normar las llamadas para vender planes de telefonía y otros servicios de telecomunicaciones.
SPAM telefónico

Movistar, Entel, Claro, VTR y GTD, agrupadas en la Asociación Gremial de Telefonía Móvil (Atelmo) firmaron el pasado viernes un protocolo de buenas prácticas que considera medidas de autorregulación para las llamadas telefónicas que las empresas hacen con fines promocionales.

Según el artículo 28 B de la Ley del Consumidor, cualquier persona puede pedir el bloqueo de estas llamadas a las mismas compañías o ante el SERNAC. Con este protocolo, quienes no quieran recibir más llamadas de estas empresas tendrán que seguir un proceso más simple para lograr su bloqueo definitivo.

De acuerdo a lo que señalaron las operadoras, este protocolo será extensivo a para cualquier producto de telecomunicaciones: fijos, móviles, internet y televisión, así como a todas las empresas y sus filiales. Por ejemplo, si no quieres recibir más llamadas promocionales y publicitarias por parte de una compañía, eso se aplicará para todos los servicios que dicha empresa ofrece.

“Para nosotros es fundamental contar con una herramienta de autorregulación que apunte a dar un mejor servicio a los usuarios. Esto es un punto de partida que beneficiará a los usuarios y al desarrollo sostenible de las telecomunicaciones en Chile”, dijo Guillermo Pickering, presidente ejecutivo de Atelmo.

¿Cuáles son las medidas para disminuir el SPAM telefónico?

Entre las iniciativas que comprometen los asociados a Atelmo, se contempla la reducción de las llamadas promocionales; el establecimiento de períodos de carencia para éstas y una acción más efectiva ante solicitudes de bloqueo de llamadas por parte de los clientes.

  • La iniciativa será extensiva a todos los servicios de las compañías (fijo, móvil, internet y TV) que el usuario bloquee, así como también a todas las razones sociales asociadas a la marca.
  • Las llamadas que se realicen al usuario deberán efectuarse solo en días hábiles, entre las 09:00 y 20:00 horas, y los sábados entre 09:00 y 14:00 horas.
  • El máximo de llamadas para establecer contacto con el usuario será de tres intentos, pudiendo volver a contactarle sólo transcurridos 60 días desde la última llamada.
  • Si un usuario solicita no recibir más de este tipo de llamadas, las compañías tendrán la obligación de eliminarlo de sus registros. Esto, considerando que las empresas, a través de sus distintos canales de comunicación, deberán recordar al usuario que le asiste el derecho del artículo 28 B de la Ley del Consumidor.
  • Asimismo, cada compañía deberá publicar en su sitio web la información necesaria del procedimiento para que el usuario pueda expresar la voluntad de no querer recibir este tipo de llamadas.
  • Las medidas anteriores regirán, tanto respecto a las llamadas que cada una de las compañías realice directamente, como aquellas que son hechas por terceros contratistas.
  • A este protocolo se pueden adherir todas las empresas de telecomunicaciones no asociadas a Atelmo que así lo definan.

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