El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) recordó los derechos de las personas al contratar un gimnasio y entregó una serie de recomendaciones para quienes buscan inscribirse en estos establecimientos de cara a las vacaciones.
El organismo enfatizó que estos servicios están regulados por la Ley del Consumidor, que obliga a las empresas a informar de manera veraz y oportuna todas las condiciones relevantes de la contratación.
Entre ellas se encuentran los precios, horarios, establecimientos a los que pueden acceder los usuarios y si el plan incluye clases gratuitas.
Además, los gimnasios deben cumplir con todo lo que ofrecen en su publicidad y respetar las características de sus instalaciones, como la cantidad y calidad de las máquinas, los implementos deportivos disponibles y los tipos de clases que imparten.
La directora nacional (s) del SERNAC, Carolina González, recordó que quienes contratan estos servicios también tienen derecho a recibir una atención de calidad, lo que implica contar con personal idóneo.
Organismo advierte sobre cláusulas abusivas
El organismo también llamó la atención sobre ciertas condiciones que algunos gimnasios incorporan en sus contratos o publican en sus instalaciones.

Por ejemplo, los carteles y anuncios que indican que la empresa no se responsabiliza por daños, accidentes o robos no eximen a los proveedores de su responsabilidad. Esto se debe a que deben entregar un servicio que no afecte la salud ni la seguridad de los consumidores.
Asimismo, el SERNAC señaló que son disposiciones abusivas aquellas cláusulas que limitan los reembolsos a circunstancias específicas, como fallecimiento o impedimento físico, y que exigen acreditar estas situaciones y obtener la autorización de un comité del propio gimnasio.
También se consideran abusivas las condiciones mediante las cuales las empresas buscan desligarse de cualquier responsabilidad frente a riesgos para la salud o la integridad física y psíquica de sus usuarios.
Qué revisar antes de contratar un gimnasio
Entre las recomendaciones entregadas por el organismo, destaca la importancia de prestar atención al trabajo de los instructores.
En particular, aconseja verificar si el personal realiza una evaluación diagnóstica de la condición física de cada usuario, recomienda actividades según sus características y entrega un plan de trabajo que posteriormente controla y evalúa.
También es importante que los instructores expliquen los ejercicios, guíen a las personas durante su ejecución y corrijan sus movimientos cuando sea necesario.
Otro aspecto relevante es la infraestructura y la seguridad de los establecimientos. Para funcionar y obtener el permiso municipal, los gimnasios deben contar con una evaluación de la autoridad sanitaria.
Este informe debe acreditar el cumplimiento del decreto 10/2010, correspondiente al Reglamento de Condiciones Sanitarias Ambientales y de Seguridad Básica en los Locales de Uso Público.
La normativa contempla requisitos relacionados con la capacidad del recinto, la disponibilidad de extintores, las vías de evacuación, la higiene, la iluminación de emergencia y los servicios sanitarios.
Por ello, el SERNAC recomendó revisar aspectos básicos de las instalaciones, como el estado de los camarines y baños, la limpieza general del recinto y la existencia de pisos antideslizantes en las duchas.
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