CMF multa a Consorcio y MetLife por vender seguros a través de agentes y corredores no inscritos

El regulador sancionó a ambas aseguradoras con multas de UF 100 tras detectar que algunas pólizas fueron vendidas por agentes no inscritos en el registro oficial.
Foto: MetLife y Consorcio

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) sancionó a Consorcio y MetLife por comercializar pólizas a través de agentes de ventas y corredores que no contaban con inscripción vigente en los registros oficiales del ente regulador. Por ello, el Consejo aplicó multas de UF 100 a cada una de estas compañías.

Según informaron desde la CMF, los hechos ocurrieron entre junio de 2022 y junio de 2025, periodo en el que ambas compañías comercializaron pólizas mediante personas que no figuraban inscritas en el Registro de Agentes de Ventas de Seguros o cuya inscripción se encontraba cancelada.

Así, señalaron que esta conducta vulnera lo establecido en la Ley de Seguros y en la Norma de Carácter General N°471, que regula la inscripción y funcionamiento de los agentes de ventas del sector.

Hace solo un mes, la CMF también había sancionado a Compañía de Seguros de Crédito Continental S.A. por el mismo motivo, tras haber comercializado 124 pólizas por intermedio de corredores no inscritos en el Registro de Auxiliares del Comercio de Seguros.

Venta de pólizas con agentes no inscritos

En el caso de Consorcio, la investigación determinó que la aseguradora comercializó seguros a través de agentes que no estaban incorporados en el registro vigente que mantiene la CMF. La situación también incluyó casos en que la intermediación se realizó mediante corredores cuya inscripción se encontraba cancelada.

En paralelo, la CMF sancionó a MetLife por la misma razón; sin embargo, la investigación también identificó otra infracción asociada a seguros colectivos. Esto, ya que en algunas propuestas de incorporación a estas pólizas, la aseguradora no incluyó una leyenda obligatoria exigida por la Circular N°2.123, que debe informar al cliente que se está incorporando como asegurado a un contrato de seguro colectivo.

La CMF recordó que la legislación vigente establece que las compañías de seguros solo pueden comercializar sus productos de manera directa o a través de intermediarios que se encuentren debidamente inscritos en los registros que mantiene el regulador.

En ese contexto, el organismo enfatizó que estas exigencias buscan asegurar la transparencia en la intermediación de seguros y garantizar que quienes participan en su comercialización cumplan con los requisitos establecidos por la normativa vigente.

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