Hoy comenzaron a regir las nuevas obligaciones de la Ley 21.368 sobre Plásticos de un Solo Uso (Ley PUSU).
En este contexto, la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) advirtió que el comercio deberá aplicar exigencias sin contar con un reglamento que detalle cómo cumplirlas y solicitó un pronunciamiento formal a la Contraloría General de la República y al ministerio del Medio Ambiente.
Entre las medidas que entraron en vigencia se encuentra la obligación de que los supermercados exhiban al menos un 30% de bebidas en botellas retornables en vitrinas. También se prohíbe entregar productos de un solo uso para consumo dentro del local, salvo que cuenten con certificación biodegradable.
Para el consumo fuera del establecimiento, la normativa establece que los desechables solo podrán entregarse si corresponden a materiales no plásticos valorizables o a plásticos certificados, siempre a pedido del consumidor.
Según el gremio, todavía no existe un reglamento vigente que precise aspectos operativos como qué se entiende por 'vitrina', cómo calcular el porcentaje exigido o cuáles serán los criterios de fiscalización. A su juicio, esta falta de definiciones abre espacio a interpretaciones distintas y podría derivar en controles dispares.
“La sostenibilidad es un objetivo compartido y el comercio ha cumplido progresivamente con las obligaciones que establece la ley, cuyo espíritu compartimos a cabalidad. Pero para implementar adecuadamente una norma que impacta directamente en la operación diaria de supermercados y otros establecimientos, se requieren reglas claras y criterios uniformes”, señaló María Teresa Vial, presidenta de la CCS.
“La correcta implementación de una política ambiental exige certeza normativa. Sin reglas claras, se pone en riesgo no solo la operación del comercio, sino también el objetivo de promover un cambio cultural efectivo en materia de gestión de residuos”, añadió.