El Juzgado de Policía Local de Portezuelo condenó a la empresa Copec S.A. al pago de $6.291.192 a favor de un consumidor cuyo vehículo sufrió daños tras la carga equivocada de gasolina en lugar de diésel en una estación de servicio ubicada en la comuna de Penco.
Adicionalmente, el tribunal impuso una multa de 10 UTM (casi $700 mil) por infringir la Ley del Consumidor.
El incidente el 6 de junio de 2024, cuando el afectado acudió al local Copec en la ruta 150, kilómetro 3.7, para cargar diésel en su camioneta. Sin embargo, durante el procedimiento, el bombero se advirtió el error tras detectar el olor característico del combustible, momento en que ya se había introducido gasolina en el estanque.
Al día siguiente, el motor del automóvil no encendió. El usuario se comunicó con la compañía, que inicialmente reconoció el error y trasladó el vehículo a un taller autorizado. Tras un mes de trabajos, la camioneta fue devuelta, pero los inconvenientes mecánicos persistieron.
El diagnóstico técnico determinó que las fallas se originaban por el uso del combustible inadecuado, lo que implicaba un nuevo presupuesto de reparación por $5.491.192.

No obstante, Copec se negó a asumir ese costo adicional, argumentando que el consumidor había firmado un finiquito que, según su interpretación, los liberaba de futuras responsabilidades.
Reclamo ante el SERNAC y la justicia
Frente a la negativa, el afectado presentó un reclamo ante el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), entidad que denunció a la empresa ante el tribunal. El consumidor se hizo parte en el proceso y solicitó una indemnización por los perjuicios sufridos.
Tras revisar los antecedentes, el Juzgado de Policía Local concluyó que Copec vulneró los derechos del consumidor al no cumplir con los estándares mínimos de diligencia y calidad exigidos por la normativa vigente.
El fallo acogió tanto la denuncia del organismo fiscalizador como la demanda del afectado, ordenando el pago de $5.491.192 por daño emergente y $800.000 por daño moral. Además, se impuso una multa de 10 UTM a beneficio fiscal, correspondiente a casi $700 mil.
El Director Regional del SERNAC de Ñuble, Félix Mercado, valoró la resolución y sostuvo que “el daño de Copec es evidente al vulnerar los derechos de los consumidores, ya que no actuó con la diligencia y profesionalismo mínimos exigidos por la Ley”.
La Dirección Regional de la institución hizo un llamado a las estaciones de servicio a mejorar sus protocolos de atención, capacitar a su personal y garantizar la correcta prestación del servicio. El organismo advirtió que errores como el ocurrido pueden derivar en consecuencias mecánicas, económicas e incluso representar riesgos para la seguridad de las personas consumidoras.
Declaración de Copec
A través de una declaración pública, Copec aseguró que el concesionario a cargo de la estación de servicio activó los protocolos ante este tipo de situaciones, gestionó la reparación del vehículo y lo entregó al cliente con conformidad firmada.
"Posteriormente, ante la persistencia de problemas en el vehículo, se evaluó que dichos daños debían ser reclamados directamente al servicio técnico, como parte de la garantía otorgada por el prestador responsable de la reparación. Esa postura no fue acogida por el tribunal, lo que respetamos al tratarse de una resolución jurisdiccional", expresó la empresa.
Desde Copec indicaron que tienen procedimientos exigentes y un proceso continuo de revisión y mejora, el cual les "permite atender con rigurosidad cada situación particular, fortalecer cada etapa del servicio y mantener la confianza de quienes nos eligen día a día".
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