¿Es responsable un marketplace de lo que hacen sus vendedores? El debate que se abrió

En un conversatorio organizado por la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), expertos y autoridades debatieron sobre la necesidad de actualizar la normativa en comercio electrónico, sobre todo ante el auge de los marketplaces.

La presidenta de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS), María Teresa Vial, y el director del Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC), Andrés Herrera, encabezaron un conversatorio sobre una reforma a la Ley del Consumidor que busca regular a los intermediarios en el comercio electrónico.

En la actividad, Cristóbal Aninat, presidente de la Mesa de Políticas Públicas de la CCS —quien además lidera el área de relaciones gubernamentales en Mercado Libre—, aseguró que en los marketplaces “lo importante es que venden productos de terceros. No son tiendas que vendan sus productos, entonces la responsabilidad que se les asigna a ellas no es la responsabilidad directa que tienen”.

La pregunta es cómo protegemos a los consumidores, cómo avanzamos otorgando la responsabilidad que realmente le corresponde a los marketplaces, en cuanto a canales de venta, desde donde venden más de 60.000 pymes en Chile", señaló.

Aninat añadió que es clave poder “generar esta responsabilidad para que sea una adecuada, que proteja al consumidor y promueva el desarrollo de los marketplaces”.

Nuevas tendencias en el comercio, pero con una regulación atrasada

Todos los actores de la industria concuerdan que, a partir de la crisis sanitaria del COVID, se han producido cambios significativos en la dinámica del comercio, particularmente en línea, lo que ha traído también la irrupción del modelo de marketplace como fenómeno de consumo.

El director del SERNAC, Andrés Herrera, aseguró que “tanto los vendedores finales como los propios operadores de plataformas no tienen de cara al consumidor una responsabilidad que sea clara, transparente, frente a distintos incumplimientos que se pueden producir”, y apunta que es ahí donde está el margen de mejora.

Herrera es enfático en señalar que “es necesario avanzar hacia la regulación de mayores estándares en materia de responsabilidades de vendedores y operadores de plataformas, porque esto crea un ámbito de desprotección para los consumidores”.

La académica especializada en Derecho Privado de los Consumidores, Francisca Barrientos, puntualizó que la regulación en materia de comercio electrónico está atrasada, y aseguró que es necesaria una normativa específica. "El Artículo 43 de Ley del Consumidor está pensado en la época del Messenger, y no estamos en la época del Messenger hace mucho rato”, ejemplificó.

Barrientos aseguró que “el artículo 43 se ha aplicado a seguros, ticketeras, automotoras, con ciertas dudas a los marketplaces, a la construcción de una piscina, en donde se pensó que una de las personas que estaba construyendo esa piscina cumplía el rol de intermediario”.

“Lo que hace el artículo es que obvia o elimina la intermediación, hace responsable al intermediario por las obligaciones del vendedor", añadió.

La finalidad de la norma dice relación con buscar responsabilidades cuando no es posible alcanzarla en quien se encuentra en otro país. Por esto, la experta afirmó que “la regla es muy amplia, y cuando las reglas son ambiguas generan jurisprudencia errática, y eso no es bueno para nadie, menos para los consumidores”.

Ejemplos en el extranjero

El académico en Derecho Privado, Iñigo de la Maza, afirmó que en la actualidad hay dos grandes ejemplos de la regulación de intermediarios en el comercio electrónico: Estados Unidos y Europa.

En el primer caso, aseguró que el fenómeno regulatorio se ha catalogado como un patchwork, es decir, una discrepancia regulatoria de leyes y políticas entre estados. Así, un tribunal de California podría considerar que el marketplace es responsable ante incumplimientos frente al consumidor, mientras que un juez de Texas buscaría responsabilizar al vendedor final.

Europa, por su parte, no tiene una regulación específica, pero el enfoque predominante es que las plataformas no tienen la responsabilidad total, sino que debe rendir cuentas cada responsable según su rango de control en la cadena de compra.

Para el experto, es clave “preguntarse cuánto control ejerce el marketplace sobre el vendedor, si usa su poder, usa su imagen, qué publicidad destacada está patrocinada. Mientras más utilice, más control es presumible, y mientras más control sea presumible, más probable es que debamos responsabilizarlos”.

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