¿Boleta o factura? SII endurece control al uso indebido de IVA en supermercados y restaurantes

A partir del 1 de marzo, nuevas medidas buscan evitar la evasión fiscal restringiendo la emisión de facturas para consumo personal o no vinculado al giro.
Javier Etcheberry, director del SII, y Mario Marcel, ministro de Hacienda
Javier Etcheberry, director del SII, y Mario Marcel, ministro de Hacienda (Foto: Ministerio de Hacienda)

El Servicio de Impuestos Internos (SII) implementará desde el 1 de marzo de 2025 una serie de medidas para reforzar el control sobre la emisión de facturas en supermercados y restaurantes, restringiendo su uso exclusivamente a compras relacionadas con el giro o actividad económica del comprador.

La resolución, firmada por el director del SII, Javier Etcheberry, busca prevenir el uso indebido de estos documentos tributarios, que otorgan derecho al crédito fiscal IVA.

“La resolución reitera instrucciones para que supermercados y restaurantes solo emitan facturas a personal de empresas en actividades necesarias para ellas. En todos los demás casos, corresponde emitir boleta”, afirmó Etcheberry, destacando que la iniciativa apunta a combatir la evasión fiscal.

Según el SII, en supermercados no se podrán emitir facturas por bienes o servicios de consumo personal. En restaurantes, estas estarán restringidas a consumos relacionados con actividades económicas, como almuerzos de negocios, y deberán detallar explícitamente el motivo en la factura.

Requisitos estrictos para emitir facturas

Para evitar fraudes, los establecimientos deberán exigir al comprador presentar su Cédula RUT Electrónica (e-RUT), la cédula de identidad, y justificar el motivo de la compra.

Además, los supermercados con más de 10 cajas deberán destinar solo el 10% de ellas a la emisión de facturas, mientras que los más pequeños podrán habilitar solo una caja. Se exceptuarán aquellos recintos que venden productos a otros comerciantes, como los supermercados mayoristas (como un Alvi o Central Mayorista).

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, subrayó que “lo que estamos hablando acá es del fin de la pregunta '¿boleta o factura?' en las cajas de los restaurantes o en los supermercados”.

En ese sentido, el secretario de Estado recordó un episodio mientras compraba en el comercio. "Me tocó ver a una persona que iba delante de mí en el supermercado, que evidentemente tenía un asado o alguna cosa familiar, y yo lo encaré y le dije: ¿Por qué pide factura? Me dijo 'no, es que yo soy empresario así que tengo derecho a descontar el IVA'. Hay que tener claro que no es el hecho de ser empresario el que da derecho a descontar el IVA, es el hecho de estar haciendo una compra que es necesaria para el giro del negocio. Eso es lo único que da derecho a factura y a descontar luego el IVA", aseguró Marcel.

Fiscalización y sanciones

El SII adelantó que incrementará las fiscalizaciones en supermercados y restaurantes, especialmente en periodos de alta demanda como las fiestas de fin de año.

Los incumplimientos serán sancionados con multas de entre el 50% y el 500% del monto de la operación, con un mínimo de 2 UTM y un máximo de 40 UTA, además de clausuras de hasta 20 días para los locales infractores.

Asimismo, los compradores que soliciten facturas sin cumplir los requisitos enfrentarán multas de hasta 20 UTM. “No puede ser que uno va a un restaurante caro y vea una familia con puros niños chicos y después piden factura. Eso es un fraude. En eso es responsable el que pide la factura y es responsable el restaurante que sabe que no es un gasto necesario para producir la renta”, enfatizó Etcheberry.

Síguenos en Google News

Síguenos en Google News

Suscríbete a nuestro canal de WhatsApp

Suscríbete al WhatsApp

Contenidos relacionados

Total
0
Compartir