Todos los establecimientos que venden alimentos para consumo en el lugar deben ofrecer servicios higiénicos gratuitos al público, incluido los centros comerciales. Sin embargo, algunos malls estarían cobrando por el uso de baños o exigiendo que los visitantes realicen compras para acceder a ellos.
Es por esto, que el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) realizó una serie de fiscalizaciones para constatar las condiciones de acceso a los baños en los centros comerciales que cuentan con patios de comida o restaurantes.
Dentro de los hallazgos del ente fiscalizador se encontraron una serie de prácticas irregulares para dar acceso a los servicios higiénicos. Por lo que el SERNAC presentará tres denuncias ante los respectivos Juzgados de Policía Local en contra Mall Espacio M, Mall Vivo Imperio y Mall Vivo Coquimbo.
Los centros comerciales antes mencionados condicionaban el acceso a los baños con prácticas restrictivas. Esta acción la llevaban a cabo a pesar de contar con restaurantes o patios de comida en su interior.
Entre las infracciones detectadas, se encontró la limitación del acceso a los baños por un tiempo determinado desde que se realizó el consumo. Además, algunos establecimientos exigían un monto mínimo en las boletas y restringían el ingreso de un número específico de personas por cada boleta, así como la cantidad de veces que cada individuo podía acceder.
Desde el SERNAC expresaron que aunque se detectaron estas infracciones, la gran mayoría de los malls y centros comerciales del país no ponen restricción de acceso a servicios higiénicos.
Las infracciones de los recintos denunciados
El SERNAC detectó que en Espacio M limitaban el acceso al baño a un máximo de una hora desde emitida la boleta. Lo que supone que una persona que compra en un local de comida rápida tendrá dicho tiempo para ir al baño, limitando su derecho a baño gratuito.
Por otro parte, este recinto contaba con reclamos que exponían una retención de boletas para poder acceder a los servicios higiénicos. Sin embargo, el SERNAC no logró corroborar si esta situación aconteció por un tiempo o fue una disposición individual arbitraria de quienes atendían el espacio.
Mientras tanto, los consumidores de Vivo Imperio relataron que se les restringía el acceso a los baños a menos que realizaran una compra en restaurantes o locales de comida rápida.
Uno de los reclamos apuntó a que se le negó el acceso al servicio higiénico tras comprar en una heladería por no considerarse un "alimento sólido".
Por su parte, Vivo Coquimbo es el recinto que concentra la mayor cantidad de reclamos por parte de los consumidores. Aquí el ente fiscalizador pudo constar que se exigía un consumo mínimo y se asociaban límites de acceso. Por ejemplo, con una boleta de $20.000 se permitía el acceso al baño para un máximo de cinco personas.
Andrés Herrera, director del SERNAC, expresó que el acceso a los baños para los consumidores "debe contar con los mecanismos más eficientes posibles para quienes, siendo clientes de los centros comerciales que cuenten con lugares para consumir alimentos dentro del mismo, puedan disponer de manera gratuita, oportuna y expedita en momentos que requieran acceder a los baños".
La normativa vigente establece que los lugares que expenden alimentos para el consumo en el establecimiento deben contar con servicios higiénicos gratutitos. Además, estos recintos deben contar con papel tissue en cantidades necesarias para la utilización de los consumidores, dispositivos con jabón líquido y más.