La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una sentencia en contra de Liberty Compañía de Seguros Generales S.A., por no incumplimiento de contrato en un seguro automotriz, tras tardarse más de dos años en reparar un vehículo tras un accidente.
La decisión obliga a la aseguradora a pagar $845.955, más intereses y reajustes, en compensación por los daños causados, a un cliente que sufrió un accidente de tránsito en 2017.
El caso comenzó el 8 de julio de 2018, cuando un ingeniero en administración de empresas, demandó a Liberty por incumplimiento de contrato e indemnización de perjuicios. El demandante argumentó que su vehículo, un Kia Sorento 2009, sufrió un accidente el 24 de junio de 2017, con un tercero responsable identificado, por lo que aplicó la cláusula de "deducible inteligente".
El consumidor explicó que su vehículo ingresó al taller el 10 de julio de 2017 para su reparación, siguiendo las instrucciones del liquidador de seguros. Sin embargo, a pesar de la promesa de entrega en 90 días, la aseguradora no cumplió con el plazo, y el auto seguía en el taller al momento de presentar la demanda, más de un año después.
Liberty Seguros, en su defensa, reconoció la demora, pero atribuyó el retraso a la dificultad de conseguir un repuesto específico y a la transición administrativa por la fusión con Penta Seguros. "Hubo un atraso injustificable", admitió la aseguradora durante el proceso, pero cuestionó la legitimidad de algunas compensaciones solicitadas por el afectado, como el arriendo diario de un vehículo de reemplazo y la desvalorización del auto.
Dos tribunales fallaron a favor del asegurado: Liberty debe indemnizar y reparar el vehículo
El 29 de junio de 2021, el Séptimo Juzgado Civil de Santiago falló a favor del asegurado, concluyendo que Liberty Seguros no cumplió con su obligación de reparar el vehículo en el tiempo estipulado.
El tribunal ordenó a la compañía a pagar $845.955 en daños, más intereses y reajustes, determinación que fue confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago el pasado 25 de julio.
No obstante, rechazó las indemnizaciones por daño emergente y moral que solicitaba el demandante, como reembolso de los gastos de arriendo de un vehículo por dos años —equivalente a $40.000 diarios—, la devolución del permiso de circulación, una compensación por la devaluación del vehículo y un monto de $7.000.000. De todos modos, se acreditó que el vehículo fue entregado a su dueño en julio de 2019, tardando así dos años en ser reparado.
“Es innegable, bajo todo concepto de criterio común y aceptado por la demandada, el retardo en el cumplimiento de la obligación de reparar el vehículo del asegurado demandante, lo que no ha sucedido hasta la interposición de esta demanda”, dice la sentencia.
Además, el fallo destacó que el cliente cumplió con todas las estipulaciones del contrato del seguro automotriz, incluyendo el pago de la prima y la notificación del siniestro.
La Corte de Apelaciones ratificó la sentencia de primera instancia, en cuyo texto original agrega que "debe consignarse el incumplimiento de la demandada en cuanto a la reparación del vehículo siniestrado dentro del plazo que establecía el contrato, por lo que, atendidas las disposiciones citadas, debe acogerse la demanda principal en cuanto a cumplir efectivamente el contrato ya aludido".
Importante
Considerando que se trata de un proceso en tramitación, todas las partes involucradas pueden utilizar recursos procesales disponibles que podrían revisar lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago.