Después de una espera prolongada, la Cámara de Diputados y el Senado de Chile despacharon a ley la tarde del lunes el proyecto conocido como "Ley Corta de Isapres".
De no aprobarse, podría haber sido la "sentencia de muerte" para varias aseguradoras en las próximas semanas y meses. Los ingresos de las Isapres habrían caído un 20% tras el cumplimiento de un fallo de la Corte Suprema de 2022 que exige la aplicación de una nueva tabla de factores para todos sus afiliados y la restitución de los cobros en exceso. Esta situación podía haber puesto en riesgo a todo el sistema de salud, incluyendo a prestadores como clínicas y laboratorios, y a los propios pacientes.
La ley modifica sustancialmente la estructura de planes de la cobertura de salud privada. Se puso fin en la práctica a la acumulación de excedentes por tener un plan de salud menor al 7% de cotización y se fijaron nuevos criterios para el alza de planes por los próximos años, entre otros mecanismos.
A lo largo de esta guía práctica, intentaremos explicar el impacto que tendrá esta ley en los afiliados.
Ley Corta de Isapres estableció una tabla única de factores
Uno de los cambios más relevantes de la Ley Corta de Isapres es la implementación de la "Tabla Única de Factores", que reducirá los costos para los usuarios.
Héctor Sánchez, ex superintendente de Salud y actual director ejecutivo del Instituto de Políticas Públicas y Gestión, Salud y Futuro de la U. Andrés Bello, explicó a Las Últimas Noticias que "las isapres deben empezar a incorporar en todos sus planes la tabla de riesgo que la Corte Suprema estableció como válida, que es la dictada por la Superintendencia en el año 2019".
Esta medida podría disminuir los costos de los planes en hasta un 20%. Esto significaría una reducción en el precio para algunas personas, una vez que simplemente los ajustes.
Pablo Eguiguren, director de Políticas Públicas de Libertad y Desarrollo, señaló a El Mercurio que al menos con la rebaja que habrá en septiembre “las mayores beneficiadas serán las mujeres, debido a que la tabla única de factores no discrimina por sexo”.
“En tanto, la ley corta considera un alza extraordinaria de precios. Sumando y restando todos estos cambios, habrá personas que quedarán pagando por debajo de lo que pagaban en julio de 2023, especialmente mujeres en edad fértil (18 a 40 años)", agregó Eguiguren al mismo medio.
Alza extraordinaria de planes y fin de los excedentes
"La obligación de adecuar tampoco podrá importar una reducción del precio pactado de los contratos bajo el valor de la cotización legal obligatoria", establece el texto de la Ley Corta de Isapres.
Se aprobó un ajuste extraordinario de los precios de los planes de isapre. Se aplicará un reajuste del 10%, el cual no podrá ser inferior al 7% de la cotización individual. Esto significa que los afiliados dejarán de acumular excedentes por un plan más barato que su 7%, tal como se había anticipado el año pasado.
Este reajuste tiene el objetivo de "compensar el menor valor que implica la aplicación de las tablas de riesgo", según Sánchez. Este incremento es inevitable debido al congelamiento del Índice de Costos de la Salud (Icsa).
"El Icsa fue modificado en noviembre de 2023 y dejó de contemplar el impacto del reajuste de Fonasa para este año y, según la ley corta, hasta el 2027. Al no existir esa rebaja de Fonasa, en la práctica, el aumento por el Icsa que harán las isapres es mayor que el que habrían hecho sin esta modificación", añadió Sánchez.

La ley también aborda la transparencia y la probidad administrativa, obligando a las Isapres a ajustar los precios de los planes de salud sin aumentar el costo final para los afiliados, especialmente en lo que respecta a las garantías explícitas en salud.
Asimismo, se establecen normas más rigurosas para la gestión y probidad de las Isapres. Existirán restricciones sobre la capacidad de estas aseguradoras para aumentar precios o modificar condiciones sin un proceso de verificación y justificación adecuado ante la Superintendencia de Salud.
Devolución de lo que se cobró de mas, según la Ley Corta de Isapres
En cuanto al modo de pago, las isapres tienen plazo por varios años, dependiendo de la edad, para devolver lo que se cobró de más. En todo caso, también habrá opciones flexibles. Esto incluye la devolución a través de la cuenta de excedentes del afiliado o mediante depósito en una cuenta bancaria especificada por el mismo.
| Edad del afiliado | Plazo de devolución |
|---|---|
| Afiliados menores de 65 años | 13 años |
| Afiliados de 65 a 80 años | 5 años |
| Afiliados mayores de 80 años | 2 años |
Además, se permite el pago anticipado de la deuda con un descuento. Esta posibilidad podría ser atractiva tanto para las isapres como para los afiliados, aprovechando una tasa de descuento según la tasa de interés máxima convencional.
Aquellos que se han cambiado a Fonasa y los herederos de afiliados fallecidos también tienen derecho a recibir los reembolsos adeudados. Esto es independiente de su condición actual.
Modalidad de Cobertura Complementaria de Fonasa
Uno de los aspectos más destacados de la Ley Corta de Isapres es la incorporación de la Modalidad de Cobertura Complementaria. Se trata de una gran novedad para los afiliados a Fonasa.
Estará destinada a aquellas prestaciones que no están cubiertas por el seguro público, para lo cual se establecerá un copago.
Según el texto aprobado, "las personas afiliadas que se encuentren en los grupos B, C y D podrán inscribirse en la Modalidad de Cobertura Complementaria (...) sin cumplir el requisito mínimo de cotizaciones". Esto abre la puerta a una cobertura más amplia, incluyendo un seguro catastrófico que operará bajo condiciones específicas detalladas en la ley.
La normativa también establece condiciones más estrictas para la inscripción y permanencia en la Modalidad de Cobertura Complementaria. Entre ellas, la necesidad de mantener el pago de las primas complementarias para evitar la exclusión del sistema. Esto podría representar un desafío para aquellos afiliados que enfrenten dificultades económicas, especialmente en contextos de inestabilidad laboral.
Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales de Salud
Además, la Ley Corta de Isapres introduce un nuevo Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales de Salud. Este organismo técnico no vinculante asesorará a la Superintendencia de Salud en la evaluación y aprobación de los planes de las Isapres.
"Las opiniones, pronunciamientos, estudios y propuestas del Consejo (...) serán remitidos a la Superintendencia de Salud y puestos a disposición del público a través de la página web institucional", dice.
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