Análisis de solvencia económica al pedir créditos: El SERNAC explicó cómo opera la ley

Esta nueva normativa obliga a las entidades financieras a realizar un análisis exhaustivo de la capacidad de pago de sus clientes antes de otorgar créditos.

El pasado 3 de mayo entró en vigencia el “Reglamento sobre Análisis de Solvencia Económica e Información a los Consumidores“, cuyo propósito es promover un sistema de crédito sostenible y responsable, evitando el sobreendeudamiento de los consumidores.

El reglamento surge como respuesta a las necesidades de actualizar y reforzar las normativas en torno al crédito, marcadas por las recientes modificaciones al artículo 17 N de la ley Nº 19.496, que regula la protección de los derechos de los consumidores en Chile.

Este cambio normativo requiere que las entidades financieras realicen un análisis exhaustivo de la capacidad de pago de los solicitantes antes de la aprobación de cualquier operación de crédito, y que informen detalladamente los resultados de dicho análisis.

El proceso de análisis de solvencia económica se deberá fundamentar en datos concretos y actuales, obtenidos de fuentes oficiales, para tomar decisiones informadas. Esto no solo busca evaluar la capacidad de los consumidores de cumplir con sus obligaciones financieras de manera puntual y efectiva, sino también reducir el riesgo de morosidad e insolvencia.

Tratamiento de datos personales y la no discriminación

Una de las novedades más significativas del reglamento es su enfoque en la recolección y tratamiento de datos personales, estableciendo reglas claras sobre qué información pueden recabar los proveedores y cómo deben manejarla.

Se enfatiza que solo se permitirá obtener la documentación estrictamente necesaria para evaluar la solvencia económica, siempre respetando la privacidad del individuo y las leyes vigentes sobre protección de datos.

Asimismo, prohíbe prácticas que podrían considerarse discriminatorias en la evaluación de las solicitudes de crédito. De esta manera, se busca evitar que factores como raza, orientación sexual e identidad influyan injustificadamente en la decisión crediticia, promoviendo un trato justo y respetuoso hacia todos los consumidores.

En este sentido, el proceso de revisión de solvencia económica deberá considerar ingresos actuales y futuros, nivel de endeudamiento, morosidad, situación laboral, patrimonio, ahorros, gastos fijos, historial de pago y garantías, entre otras condiciones objetivas establecidas por el proveedor de manera pública y previa.

Obligación de entregar información clara y detallada

Esta nueva normativa indica que los proveedores deberán entregar a los consumidores, de manera clara, información específica de la operación de crédito de la cual se trate, a través de un documento que deberá contener, al menos, la siguiente información:

  • Las principales características del producto.
  • Etapas para su contratación.
  • Advertencias sobre los costos de la morosidad.
  • Recomendaciones y medidas de seguridad.
  • El procedimiento para hacer efectivo el derecho a solicitar el bloqueo permanente de las tarjetas de pago.
  • El procedimiento para hacer efectivo el derecho a prepago.
  • El procedimiento para hacer efectivo el derecho a la portabilidad financiera y el derecho a la oportuna liberación de las garantías.

Esta información deberá ser proporcionada al consumidor, en formato físico o digital, en conjunto con la hoja de cotización contemplada en el artículo 17C de la ley Nº 19.496 o la oferta de portabilidad a que se refiere la Ley Nº 21.236, y deberá ser informado de forma permanente por el proveedor en su página web.


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