Condenan a Clínica Santa María por negligencia por accidente en estacionamiento

La Clínica Santa María deberá indemnizar con $15.000.000 a una paciente por un accidente en un estacionamiento sin señalización adecuada en 2018.
Imagen: Situación recreada con IA

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la condena contra Clínica Santa María S.A., que deberá pagar una indemnización de $15.000.000 por daños morales a una paciente que sufrió un grave accidente en octubre de 2018.

El tribunal resolvió de manera unánime, ratificando la responsabilidad de la clínica por no señalizar adecuadamente un área recién pintada en su estacionamiento.

La paciente, que se dirigía a su automóvil tras una hora médica, resbaló en un paso peatonal no señalizado y se fracturó la rodilla, lo que resultó en una cirugía urgente y un prolongado periodo de recuperación. Según la afectada, "la pintura estaba fresca y no había señalización alguna, lo que provocó mi caída y las severas consecuencias que siguieron".

Este accidente llevó a la paciente a enfrentar no solo un fuerte dolor físico sino también profundas repercusiones psicológicas y profesionales. La mujer, gerente legal en una compañía de seguros, describió cómo esta lesión limitó drásticamente su independencia y capacidad para trabajar y participar en actividades familiares.

El tribunal subrayó la negligencia de la Clínica Santa María al destacar la ausencia de medidas preventivas básicas como la señalización de las áreas de trabajo.

La primera sentencia fue dictada por el Sexto Juzgado Civil de Santiago y ahora fue confirmada por la Corte de Apelaciones, y señala que "el accidente era perfectamente evitable si se hubiera señalizado adecuadamente el área de trabajo en que aquel ocurrió".

A pesar de las promesas iniciales de la clínica de cubrir todos los gastos médicos y de indemnización por la ropa dañada, la paciente relató cómo tuvo que enfrentar contradicciones y desatención por parte de la administración del centro.

Además, el impacto de la lesión en su vida personal fue devastador. La consumidora perdió movilidad y presentó dificultades continuas para realizar actividades básicas y su participación limitada en eventos importantes tanto profesionales como familiares.

El fallo de la Corte también desestimó los argumentos de la clínica, que atribuía que el incidente fue un caso fortuito o de fuerza mayor. La resolución enfatizó que la situación fue el resultado directo de la falta de precauciones adecuadas por parte de la clínica.

Las partes tienen la posibilidad de recurrir al fallo y agotar los recursos procesales disponibles.

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