Sernac y Superir firman convenio que brindará una mejor protección a los consumidores

La colaboración entre estas dos entidades busca potenciar la resolución eficiente de reclamos y el fortalecimiento de la educación financiera.

El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) y la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SUPERIR) firmaron un convenio de colaboración que permitirá a los consumidores beneficiarse de una tramitación de reclamos más eficiente, rápida y coordinada.

Este acuerdo, suscrito por el director nacional del SERNAC, Andrés Herrera, y el superintendente de la SUPERIR, Hugo Sánchez, establece una serie de compromisos mutuos para ambas instituciones, basados en un alto nivel de cooperación e intercambio de información, con el fin de brindar mejores servicios y coberturas a los consumidores, en función de las competencias de cada institución.

Herrera, junto con valorar este convenio con la Superir, indicó que es fundamental que las instituciones del Estado se coordinen y trabajen mancomunadamente para brindar una mayor protección a la ciudadanía.

“Nuestro interés y motivación es contar con una amplia red para entregar un mejor servicio a los consumidores que día a día nos demandan respuestas a sus problemas en temáticas de consumo, siendo justamente los casos de sobreendeudamiento uno de los más sensibles y relevantes para los consumidores”, indicó Herrera.

Por su parte, Sánchez destacó la relación fluida y estrecha que mantienen ambas instituciones y celebró el acuerdo como una gran noticia para los deudores: “Este acuerdo es una muy buena idea para las personas deudoras, porque reciben un paraguas de protección muy amplio”. Además, afirmó que este acuerdo permitirá potenciar una educación financiera conjunta para la ciudadanía, permitiendo que los consumidores estén mejor preparados en asuntos de sobreendeudamiento y tengan mejores herramientas para reivindicar sus derechos.

Alcances del convenio

Uno de los aspectos más destacados del acuerdo es el fortalecimiento en la interoperabilidad de los sistemas de registro y derivación de casos. Así, las instituciones podrán remitir a su contraparte aquellos reclamos que sean de su competencia, permitiendo un trato más eficiente de las quejas. Por ejemplo, el Sernac podría derivar a la Superir aquellos casos recibidos en contra de las empresas que se encuentren en proceso de liquidación. Por otro lado, la Superir podría derivar reclamos relacionados con repactaciones unilaterales de deudas morosas.

Asimismo, ambas entidades se comprometieron a compartir información para cumplir sus objetivos institucionales, especialmente en aquellos mercados vigilados por ambas. Si alguna de las instituciones conoce un evento relevante que pueda afectar a los consumidores, compartirá dicha información con su contraparte, para que se pueda tomar acciones coordinadas.

La Superir también pondrá a disposición del Sernac información actualizada sobre las empresas reguladas por la Ley del Consumidor que estén en un procedimiento vigente de reorganización o liquidación.

Este convenio establece que ambas partes se comprometen a elaborar y compartir materiales educativos en materia de consumo y de educación financiera. También se proporcionará capacitación a los funcionarios de ambas instituciones sobre la Ley de Reorganización y Liquidación de activos de Empresas y Personas y la Ley del Consumidor.


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