Caso La Polar: El impacto para los consumidores y lo que dicen los expertos

En esta nota, te contamos más sobre lo sucedido con La Polar, las medidas del SERNAC y las implicancias del caso para los consumidores.
Tienda La Polar en compras online

Un gran revuelo causó lo ocurrido en las últimas semanas con Tiendas La Polar, luego de que la Sección de Investigación Policial (SIP) de Carabineros realizara un allanamiento e incautara ropa deportiva presuntamente falsificada de Under Armour, que se estaba comercializando en locales de la multitienda.

Frente a la situación, la compañía aseguró que “siempre hemos vendido productos originales y esta no es la excepción. Descartamos tajantemente la acusación y recalcamos que todos los artículos vendidos en locales La Polar son originales y cuentan con la documentación requerida que acredita aquella condición”.

Al mismo tiempo, desde la empresa indicaron que lamentan y les preocupa que las autoridades “hayan actuado sin hacer las consultas pertinentes” que les permitan aclarar el tema y que se hayan realizado imputaciones respecto de La Polar en los medios, sin acreditar la acusación “respecto a mercadería que es totalmente legítima”.

A ello, agregaron que “estamos entregando todos los antecedentes y documentación pertinente a la Fiscalía para demostrar que se trata de prendas originales, que cumplen con toda la normativa vigente y así desmentir la información que se ha entregado en distintos medios de comunicación”.

Adicionalmente, días atrás La Polar ingresó en los Juzgados Civiles de Santiago una demanda por competencia desleal en contra de Under Armour y su representante en el país, Forus.

SERNAC tomó la decisión de oficiar a La Polar

Ante lo sucedido, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) había anunciado que oficiaría a La Polar. De acuerdo con Andrés Herrera, director de la institución, el propósito de esta acción es solicitar antecedentes a la compañía para poder verificar si efectivamente se comercializaron prendas falsas de Under Armour.

A ello, agregó que “a la fecha hemos recibido alrededor de siete reclamos relacionados con la eventual compra de productos falsificados, de ser efectivo que hubo venta de ropa falsificada sería grave e inaceptable, pues se afectaría una serie de derechos de los consumidores, como el de recibir información veraz y oportuna, que se respeten las condiciones contratadas y ofrecidas además de configurarse publicidad falsa y engañosa en entre otras”.

“Una vez que realicemos el análisis, en caso de detectar infracciones a la ley del consumidor tomaremos todas las acciones pertinentes para ir en defensa de los derechos de los consumidores”, finalizó.

Tanto los representantes de La Polar como los de las marcas afectadas fueron citados a declarar. Sobre ello, en conversación con radio ADN, Herrera afirmó que “una vez que lleguemos a la convicción de que estamos en presencia de un incumplimiento grave respecto de la venta de productos falsificados, acordamos un procedimiento voluntario colectivo; una instancia extrajudicial para compensar a los consumidores. De no ser así, demandamos colectivamente en un juicio donde tendremos que presentar las pruebas respectivas”.

Por su parte, Eugenio Gormaz, abogado de La Polar, indicó que “nos parece una muy buena noticia que tanto Fiscalía como SERNAC investiguen este tipo de denuncias. Los consumidores necesitan tener seguridad y certeza de que los productos son originales. La Polar ratifica su compromiso por participar en todas las instancias necesarias, para clarificar lo que hemos venido sosteniendo, que los artículos son originales y que se cuenta con la documentación para acreditarlo”.

Las implicancias para los consumidores

Respecto a las implicancias que tiene la situación de La Polar para los consumidores, Felipe Bravo Alliende, abogado y docente de Derecho Económico de la Universidad Católica, señaló que “los consumidores tienen derecho a que se cumpla con las características ofrecidas de los productos que compran. Si se ofrecen como originales o nuevos y esto no se cumple, existe una afectación a su derecho a una información veraz y oportuna, y una infracción a las condiciones que se realizó la oferta al cliente”.

A ello, agregó que “hay que poner atención a las defensas que ha señalado La Polar. Si se trata de prendas originales, pero no fueron comprados en Chile al distribuidor autorizado en nuestro país, no se trataría de artículos “falsos”. Falta aún distinguir bien si estamos en presencia de vestimenta original, pero no autorizada para su distribución en Chile o si es vestimenta derechamente falsificada”.

A su vez, afirmó que en caso de ser un problema de falta de autorización para la venta de dicha mercadería en el país, pero siendo prendas originales, corresponde a un asunto entre el distribuidor en Chile de una firma y una tienda que no es propiamente una materia relevante para los clientes.

En cuanto a los pasos a seguir que debería tomar la compañía, Bravo explicó que “las empresas de retail tienen un deber de profesionalidad respecto a los productos que adquieren, para cumplir con lo que ofrecen a los consumidores”.

Asimismo, afirmó que cree que la firma actúa correctamente informando a los usuarios sobre los canales por los cuales ha adquirido los productos y justificando su validez. También, declaró que la determinación del uso sin autorización de las firmas de las empresas, debe ser declarado judicialmente, “descartando la defensa de La Polar sobre el origen lícito de los artículos como saldos de temporada y la existencia de autorizaciones en el extranjero para la confección de los mismos”.

Por otro lado, el abogado aseguró que “si los artículos que vende La Polar terminando siendo copias de prendas originales o usa las marcas sin autorización, los consumidores tienen derecho a que la tienda los indemnice por el daño que han sufrido al pagar por productos cuyas características no fueron cumplidas. Si se declara que las prendas son falsas, la empresa podría haber incurrido en publicidad engañosa, por lo que podría también ser eventualmente multada por dicha infracción”.

Ante ello, Felipe Bravo señaló que la colaboración de las marcas con el SERNAC o las asociaciones de consumidores es fundamental determinar la veracidad y legalidad del uso de las firmas en los artículos, para efectos de definir finalmente si corresponde indemnizar a los consumidores.


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