Polémica por Angelmó: Es derecho y deber de consumidores conocer los precios de restaurantes antes de pedir

La polémica en la caleta de Angelmó abrió la discusión: Los restaurantes deben exhibir los precios de los platos en una carta o menú.
Precios para comer en Angelmó

Esto es un robo. No vayan a comer a Angelmó. Aparte de sucio el lugar, no entregan carta y después te asaltan con la cuenta“. Este mensaje, acompañado de una fotografía de una comanda de un restaurant escrita a mano, fue publicado por una usuaria de Twitter que reconoce ser de Puerto Montt.

En la imagen, se exhibe una cuenta por $162.800 (incluyendo propina), con platos cuyos precios llegan hasta los $18.000. La polémica se instaló y el tweet fue ampliamente viralizado y discutido en redes sociales.

Con el paso de las horas, surgieron más reclamos similares de otros clientes que han ido a esta caleta de Puerto Montt. En algunos casos plantean que al solicitar la carta donde están los platos y sus precios no es entregada a los consumidores, y que la situación se repetiría en algunos locales de Angelmó, aunque no en todos.

¿Qué dice la ley respecto a exhibir precios antes de una compra?

La Ley del Consumidor establece claramente que es un derecho de los consumidores acceder a “información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos”.

Sin embargo, también advierte del deber de cada consumidor de informarse responsablemente de ellos.

b) El derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos, y el deber de informarse responsablemente de ellos.

El artículo 30 de la ley establece que los proveedores deben dar a conocer los precios de los bienes y servicios que ofrezcan. Se deben indicar de “modo claramente visible que permita al consumidor, de manera efectiva, el ejercicio de su derecho a elección antes de formalizar o perfeccionar el acto de consumo”.

En la práctica, esto implica que cualquier restaurant o local que expenda alimentos para el consumo y posterior pago deben mostrar los precios a público antes de que el consumidor haga el pedido al garzón. Esto es lo que no habría ocurrido en el caso denunciado en Angelmó.

De hecho, la normativa también señala que en el caso de vitrinas, anaqueles o estanterías que exhiban productos deben señalar sus respectivos precios. Los montos indicados deben comprender el valor total, incluidos los impuestos.

En tanto, el Código del Trabajo establece que en los locales donde se atienda público por medio de garzones (restaurantes, bares, cafeterías, discoteques o fondas) se debe sugerir en cada cuenta una propina de al menos un 10%. Esto se debe indicar en la boleta o comprobante que se lleva a la mesa al momento del cobro. Es el único ítem que es informado posterior al acto de consumo.

Autoridades comentan la polémica por los precios de Angelmó

El diputado Alejandro Bernales (PL), representante del distrito donde se encuentra Puerto Montt, aseguró que “estoy triste por el daño que han causado a Angelmó. Hoy aparecemos en las noticias por algo que debería avergonzarnos”.

“Estas cuentas son realmente una estafa para quienes quieren comer en ese lugar. Mientras hay vecinos queriendo recuperar el barrio otros insisten en hundirlo”, señaló en Twitter.


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