¿Es obligatorio pagarle al cartero por la entrega de correspondencia?

Otra duda muy frecuente es si se debe pagar por los paquetes que nos llegan de las compras online, como las de Aliexpress.
¿Se debe pagar al cartero de Correos de Chile?
Foto: La Nación

De cuando en cuando, el cartero nos deja una nota de cobro por algún monto que corresponde a la correspondencia de algún período en específico. Si no le pagamos pronto, aparece de forma más personal a recordarnos lo del pago.

Siempre ha surgido la duda: ¿Es obligación pagar al cartero en Chile? La respuesta es SI.

El cobro del cartero corresponde a un “derecho de conducción de correspondencia a domicilio” y se encuentra definido según el decreto 116 del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones. Data de 2015 y señala que el derecho máximo de conducción por cada carta o correspondencia es de $50. Anteriormente era de $30.

Según hemos podido comprobar en las redes sociales de CorreosChile, el cobro de $50 también aplica para las encomiendas de compras hechas a través de internet y que son entregadas por los carteros, como las que se realizan en sitios como Aliexpress.

La normativa también indica que el cartero puede convenir con el destinatario el pago mensual de los derechos de conducción, estableciendo un promedio mensual de los envíos que recibe el domicilio. Muchas veces esto explica que los carteros acumulen los cobros y te emitan una nota por un semestre o año completo.

También se debe pagar al cartero por aquella correspondencia que tiene el sello de “franqueo convenido“, pues según señala CorreosChile está sujeta a las mismas condiciones que cualquier otro envío. El franqueo convenido es simplemente un servicio por volumen de envíos que contratan las empresas grandes (los remitentes) y que solamente tiene relación con el pago del origen, como si fuese una estampilla.

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