Avanza proyecto de ley sobre tarjetas de crédito extraviadas

En el caso que un plástico sea utilizado luego del aviso de extravío, robo o hurto, el emisor será responsable de esas transacciones y las consecuencias económicas.
Tarjetas de crédito y débito

La Comisión de Economía de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto que limita la responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas, por lo que ahora deberá discutirse en sala.

La propuesta establece que en el caso que las tarjetas sean utilizadas con posterioridad al aviso de extravío, hurto, robo o fraude, el emisor será responsable de tales transacciones y sus consecuencias económicas.

Las cláusulas de los contratos que impongan el deber de prueba sobre el titular por operaciones realizadas con posterioridad a este tipo de avisos se tendrán por no escritas, señala la Cámara.

El presidente de la comisión, el diputado Alexis Sepúlveda (PR), sostuvo que esta es una iniciativa que afecta de manera cotidiana la vida de los chilenos.  “Cuando uno da el aviso y dice ‘esta transacción no corresponde’ o ‘se me sacó dinero de mi tarjeta que no corresponde’, el banco estará obligado a reponer esos recursos en siete días hábiles y, posteriormente, tendrá que hacer la investigación necesaria para poder acreditar que efectivamente eso fue un fraude”, informó.

Actualmente las personas deben esperar 30, 60 o 90 días para que eventualmente se repongan los recursos que fueron retirados de las tarjetas que no fueron autorizadas.

Para la diputada Sofía Cid (RN) este es un paso relevante y remarcó que se entregaron importantes aportes a una iniciativa de carácter transversal, como la prohibición de los seguros de protección. “Cuando tengo la pérdida de mi tarjeta informo al banco y de ahí empieza a correr el plazo y ellos debiesen hacerse responsable de todo lo que conlleve este delito”, recalcó.

La iniciativa indica que los emisores y operadores de tarjetas de pago, los comercios y otros establecimientos afiliados a un sistema de tarjetas de pago, así como las demás entidades que intervengan o presten servicios asociados a pagos y transacciones electrónicas, deberán adoptar las medidas de seguridad necesarias para prevenir la comisión de los ilícitos.


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