La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) puso en consulta pública una propuesta que obligaría a las entidades reportantes del Registro de Deuda Consolidada (REDEC) a informar los nombres de fantasía y marcas con que operan.
La medida apunta a que las personas reconozcan quién les cobra una deuda cuando revisan su Informe de Deudas.
En la actualidad, ese informe identifica a los acreedores solo por su razón social, un nombre legal que muchas veces no coincide con el que los clientes conocen.
Según la CMF, esto genera solicitudes de aclaración por parte de deudores que no reconocen a su acreedor. Con los nuevos datos, el portal “Conoce tu Deuda” mostrará también el nombre comercial.
La norma también endurece los requisitos para los asesores crediticios que quieran ser reportantes. No bastará con estar inscritos en el Registro de Prestadores de Servicios Financieros, sino que deberán contar con la autorización de la CMF para prestar ese servicio, conforme a la Ley Fintech.
Cambios en la entrega de archivos
La propuesta crea el archivo RDC21, “Acreencias no administradas”. Los reportantes deberán informar las deudas de las que son acreedores, pero que gestiona otra entidad, e identificar a esa administradora. Así, el deudor podrá ver con quién trata en la práctica.
El problema apunta sobre todo a las sociedades securitizadoras y a los mutuos hipotecarios endosables. La CMF estima que las securitizadoras reciben unas 400 solicitudes diarias porque los deudores no reconocen al acreedor original. El primer reporte del RDC21 sería obligatorio el 8 de enero de 2027, de acuerdo con la propuesta del regulador.
La CMF también cambia el trato a las solicitudes de actualización, rectificación, complementación y cancelación (derechos ARCC). Si un deudor presenta varias veces lo mismo sobre una misma operación, el reportante podrá agruparlas y resolverlas como una sola. Deberá identificar cada solicitud individual en su respuesta. La opción es voluntaria.
Además, cuando una solicitud llegue derivada desde la CMF, el reportante deberá confirmar su recepción al deudor, con número de caso, fecha de presentación y plazo estimado de resolución.
La propuesta agrega el RUT del deudor al archivo RDC40, “Gestión de solicitudes”, para poder identificar al solicitante en eventuales suspensiones de información. Además, los reportantes podrán enviarlo sin datos cuando no haya movimiento, en vez de generar a diario una solicitud de “Producto sin movimiento”. Entre abril y junio, el 98% de las 3.657 solicitudes al RDC40 eran de ese tipo.