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El Gobierno presentó este miércoles la esperada reforma al mercado de capitales, conocida como MK4, una iniciativa que propone cambios tributarios, regulatorios y financieros para profundizar el mercado local, atraer capital y ampliar las alternativas de ahorro, inversión y financiamiento.
El proyecto llega en un escenario de menor actividad en algunos segmentos del mercado. Una de las señales está en la bolsa, donde Chile no registra una nueva apertura bursátil desde 2019, mientras startups y compañías nacionales de rápido crecimiento han recurrido a mercados extranjeros para levantar capital.
La iniciativa reúne cerca de 30 modificaciones que van desde nuevas herramientas para facilitar el acceso a la primera vivienda hasta cambios en las condiciones para que empresas obtengan financiamiento.
También incluye ajustes para Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), inversionistas extranjeros, fondos de inversión, Ahorro Previsional Voluntario (APV) y la normativa sobre fraudes bancarios.
¿Cómo funcionarán estas medidas y qué buscan modificar? Este es el ABC de algunos de los principales cambios que contiene el MK4.
Vivienda: un fondo para hipotecarios y una nueva fórmula para completar el pie
Una de las principales novedades de la reforma apunta a dos barreras para acceder a una primera vivienda: reunir el ahorro necesario para el pie y conseguir mejores condiciones de financiamiento hipotecario.
Para esto se crea el Fondo Nacional para la Vivienda (FONAVI), que será administrado por BancoEstado. El Estado podrá aportar hasta US$2.000 millones, con un aporte inicial de US$500 millones.

El fondo adquirirá créditos hipotecarios mediante procedimientos competitivos, priorizando la primera vivienda y considerando propiedades de hasta 6.000 UF. Con ello, se busca aumentar la liquidez y la capacidad de financiamiento del mercado hipotecario, generando condiciones para tasas más convenientes.
A esto se suma el Ahorro Voluntario para la Vivienda (AVV), una nueva cuenta destinada exclusivamente a completar el pie de la primera vivienda, nueva o usada, de hasta 6.000 UF.
La persona deberá ahorrar durante al menos 30 meses y reunir un 7% del valor de la propiedad. Cumplidas esas condiciones, el Estado aportará otro 3%, completando el pie requerido para acceder al financiamiento hipotecario.
Más acciones disponibles y cambios para impulsar la bolsa
Otra de las áreas abordadas por la reforma es el mercado accionario. Para ello, el proyecto modifica tanto el tratamiento tributario de determinadas operaciones como algunas reglas que rigen a las sociedades anónimas abiertas.
Uno de los cambios estará en el artículo 107 de la Ley sobre Impuesto a la Renta. La propuesta incorpora un free float de al menos 15% como criterio para acceder al tratamiento tributario aplicable a determinadas ganancias de capital.
El free float corresponde a la proporción de acciones que no está en manos del controlador y que puede ser transada por otros inversionistas. Con el cambio, al menos ese 15% de la propiedad debería estar en manos de inversionistas no vinculados al controlador.
En paralelo, el proyecto propone reducir determinados quórums societarios. Para decisiones como fusiones, divisiones o aumentos de capital, el requisito pasaría desde dos tercios a 50% más una acción.
La modificación reduciría el porcentaje de acciones necesario para aprobar este tipo de operaciones, lo que podría facilitar la toma de decisiones societarias y entregar mayor flexibilidad a las compañías.
La iniciativa mantiene mecanismos de protección para accionistas minoritarios, como el derecho a retiro en determinadas operaciones. Además, contempla permitir permanentemente acciones con voto múltiple o derechos diferenciados, utilizadas por compañías cuyos fundadores buscan incorporar capital manteniendo capacidad de decisión.

Nuevas alternativas para startups, mineras y empresas medianas
El MK4 también incorpora mecanismos para empresas que, por su tamaño, riesgo o etapa de desarrollo, tienen más dificultades para acceder a las fuentes tradicionales de financiamiento.
Para startups, compañías de innovación y crecimiento y proyectos de exploración minera se crea el denominado Segmento Junior de la Bolsa, que tendrá un régimen simplificado y proporcional a la etapa de desarrollo de los emisores.
A diferencia del mercado general, estas empresas quedarán fuera de la inscripción en el Registro de Valores y contarán con el acompañamiento permanente de un agente patrocinador, encargado de verificar el cumplimiento de los requisitos y sus obligaciones de información.
Para incentivar la llegada de capital, el proyecto contempla beneficios tributarios para quienes inviertan en estas compañías. Entre ellos, considera como ingreso no constitutivo de renta el mayor valor obtenido por la venta de las acciones y establece un crédito contra el Impuesto Global Complementario equivalente al 35% de la inversión, con un tope de 50 Unidades Tributarias Anuales (UTA).
En el caso específico de los proyectos de exploración minera greenfield, se permitirá además traspasar a los inversionistas los gastos de exploración que hayan financiado. La medida busca ampliar las alternativas de financiamiento para iniciativas que, por su tamaño o etapa de desarrollo, hoy dependen principalmente de capital privado.
Una segunda herramienta apunta a las empresas medianas. Son los denominados “minibonos”, que permitirían realizar emisiones de deuda bajo un régimen simplificado.
Hoy, emitir bonos requiere inscribirse ante la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y cumplir obligaciones periódicas de información. Estas exigencias buscan proteger a los inversionistas, pero sus costos pueden representar una barrera para emisiones de menor tamaño.

La reforma propone un registro especial, con información enfocada en los antecedentes necesarios para evaluar riesgo y retorno. Así, las empresas que califiquen sumarían una alternativa al crédito bancario para obtener financiamiento.
A esto se agrega un cambio para los bonos empresariales acogidos al artículo 104. La propuesta simplifica sus reglas y elimina la retención de 4% que actualmente se aplica sobre sus intereses.
Los inversionistas residentes seguirán tributando a través del Impuesto Global Complementario, pero sin esa retención previa. El objetivo es facilitar nuevas emisiones y mejorar el acceso de las empresas chilenas al financiamiento mediante deuda.
Fondos, ETF y derivados también entran al MK4
Los cambios tributarios alcanzan además a los fondos de inversión y a los instrumentos en los que estos pueden invertir.
El proyecto incorpora startups, empresas de crecimiento, instrumentos de deuda pública y privada y determinados activos extranjeros registrados y transados en Chile, entre ellos ETF.
También se propone modificar las reglas de reinversión entre ciertos fondos. De aprobarse, un inversionista podría trasladar sus recursos desde un fondo mutuo o fondo de inversión público hacia otro sin pagar inmediatamente impuestos, siempre que el dinero continúe invertido.
La medida busca evitar que la tributación se produzca antes de que los recursos sean efectivamente retirados y facilitar que ese capital pueda seguir financiando sectores como las pymes, las facturas y el capital de riesgo.
Además, la CMF podrá ajustar determinadas exigencias según el riesgo efectivo de administradoras y fondos, y se permitirá la operación de gestores especializados sujetos a registro y fiscalización.
En derivados, en tanto, la iniciativa modifica el momento en que determinados resultados son reconocidos tributariamente y contempla ajustes frente a errores formales en las declaraciones.
Más digitalización y registros más rápidos
El proyecto también moderniza procedimientos diseñados para un mercado distinto al actual y que todavía dependen de trámites o documentos físicos.
El registro automático podrá utilizarse para acciones, cuotas de fondos y otros valores, permitiendo su inscripción en un día hábil cuando corresponda.
También se reemplazarán procesos físicos por registros electrónicos para acreditar y transferir acciones y se permitirá el endoso electrónico de mutuos hipotecarios, reduciendo trámites y riesgos asociados al uso de documentos físicos.
Menos trámites para inversionistas extranjeros
Otro grupo de medidas apunta a las condiciones bajo las cuales inversionistas extranjeros pueden operar en el mercado chileno.
El proyecto elimina la obligación de obtener RUT para inversionistas no residentes que participen exclusivamente en determinados instrumentos de los artículos 104 y 107, reduciendo uno de los trámites de entrada al mercado local.
También se propone eximir de IVA determinadas exportaciones de servicios financieros. Servicios de gestión, asesoría, consultoría financiera y administración patrimonial prestados desde Chile a clientes extranjeros podrán acogerse al beneficio, incluso cuando los recursos administrados permanezcan en el país.
A ello se suman cambios al Impuesto de Timbres y Estampillas para determinados créditos obtenidos por bancos e instituciones financieras en el exterior y destinados al mercado chileno, disminuyendo los costos asociados a esas fuentes de financiamiento.
En el sistema bancario, también se actualiza el tratamiento del requerimiento adicional de capital de las instituciones consideradas de importancia sistémica. Este será reconocido como un colchón de capital, mientras que la CMF tendrá mayor flexibilidad para definir su nivel según la importancia sistemática de cada entidad.
AFP suman nuevas herramientas para administrar liquidez
Las AFP también están incluidas en la reforma. El proyecto permitirá que los fondos de pensiones realicen operaciones repo como herramienta para administrar necesidades transitorias de liquidez.
En términos simples, un repo permite realizar una operación temporal utilizando instrumentos financieros líquidos y de bajo riesgo como respaldo.
La herramienta estará sujeta a condiciones prudenciales y restricciones específicas sobre el uso de los recursos y del colateral. No implica ampliar los tipos de activos en los que pueden estar invertidos los fondos previsionales.
APV: El tope de la bonificación sube de 6 a 8 UTM
En materia de ahorro, uno de los cambios se concentra en el régimen A del APV.
Actualmente, quienes utilizan esta modalidad pueden recibir una bonificación estatal equivalente al 15% de lo ahorrado, con un máximo anual de 6 UTM.

La propuesta eleva el tope de la bonificación fiscal desde 6 hasta 8 UTM anuales, actualizando un parámetro que se mantiene sin modificaciones desde 2008.
El régimen B no tendría modificaciones. A diferencia del régimen A, este entrega un beneficio tributario asociado a la base imponible y tiene una mayor incidencia entre contribuyentes de rentas más altas.
Fraudes bancarios: Cambia el estándar de responsabilidad
Otro de los cambios se concentra en la Ley 20.009, que regula la responsabilidad frente a operaciones fraudulentas realizadas mediante tarjetas y otros medios de pago.
Durante la presentación de la reforma se planteó que los casos de autofraude estarían generando costos administrativos adicionales cercanos a US$100 millones anuales para la industria bancaria.
El proyecto actualiza el estándar de diligencia aplicable a los usuarios, pero mantiene elementos estructurales del régimen actual. La carga de la prueba continuará recayendo en el emisor y se preservará la restitución previa a la discusión sobre la responsabilidad del cliente.
También se simplifican los trámites para los usuarios y se reforzarán los deberes de seguridad de los distintos actores de la cadena de pagos.
Se trata de uno de los cambios que podría generar mayor discusión durante la tramitación, ya que modifica las obligaciones de los usuarios frente a operaciones fraudulentas, pero mantienen responsabilidades para las instituciones financieras.
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